T-1180 de 2005
Ponente Jaime Córdoba Triviño
✓Demandante Jose Thomas Cortes Barrera Vs. Inpec
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Suministro de elementos de aseo
- Entrega periódica de elementos de aseo
- Obligación de suministrar elementos de aseo al interno, de forma periódica y puntual
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derecho a la vida en condiciones dignas de interno en establecimiento penitenciario de alta y mediana seguridad de la dorada - caldas a quien se le habia dejado de entregar los elementos de aseo personal dentro del termino de cuatro meses previsto en las disposiciones vigentes e insuficientes para sus necesidades personales.
Derechos constitucionales de las personas privadas de la libertad.
Obligaciones del estado respecto a los internos en establecimientos penitenciarios y carcelarios.
La jurisprudencia de esta corporación ha concluido que el pilar central de la relación entre el estado y las personas privadas de la libertad es el respeto a la dignidad humana.
La facultad legal que tienen los directores de los establecimientos penitenciarios y carcelarios para proferir los reglamentos internos de esas instituciones resulta admisible desde la perspectiva constitucional a condición que las limitaciones que impongan a los derechos fundamentales de los internos resulten compatibles con los fines de la pena.
Negada
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- PRIMERO. CONFIRMAR, con base en las razones expuestas en este fallo, las sentencias proferidas por el Juzgado
- Primero. Promiscuo de Familia de La Dorada, Caldas, el 18 de mayo de 2005 y por la Sala Civil - Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Manizales, el 24 de junio del mismo año, que negaron la acción de tutela promovida por José Thomas Cortés Barrera
- SEGUNDO. EXHORTAR al Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario para que en la medida de sus facultades administrativas y presupuestales, estudie la posibilidad de modificar el reglamento interno del Establecimiento Penitenciario de Alta y Mediana Seguridad de La Dorada, Caldas, de forma tal que se aumenten las cantidades de implementos de aseo suministrados a los internos o, alternativamente, se reduzcan los lapsos para la entrega de los mismos, de conformidad con lo señalado en la parte motiva de esta sentencia.
- TERCERO. Por Secretaría General, líbrense las comunicaciones previstas en el artículo 36 del Decreto Ley 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.