Sentencia de Tutela5 de febrero de 2004
T-091 de 2004
Ponente Manuel José Cepeda Espinosa
✓Demandante Betariz Campos Y Otros Vs. Iss
✓
Tema · dato duro
Derecho De Peticion. Solicitud Reconocimiento Pago Y Reliquidacion Pension De Sobrevivencia Y Vejez. Respuesta De Fondo. Presuncion De Veracidad. Termino De Quince Dias Cuatro Y Seis Meses Para Resolver. Llamado A Prevencion. Concedida.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Derecho De Peticion En Materia Pensional
- Términos para resolver
Derecho De Peticion
- Requisitos de la respuesta
- Alcance
Derecho De Petición
- Núcleo esencial
3 temas · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- Primero. REVOCAR las sentencias proferidas por los Juzgados Doce Civil del Circuito de Bogotá, (T-807178),
- Primero. Laboral del Circuito de Neiva (T-807759), Treinta y Cuatro Civil del Circuito de Bogotá (T-808174) y Quince Civil del Circuito de Bogotá, (T-807151) que negaron la protección de los derechos invocados por los demandantes en las tutelas referidas. En su lugar, TUTELAR el derecho de petición de cada uno de los demandantes.
- Segundo. ORDENAR al Seguro Social en las Seccionales de Bogotá y Neiva, que si aún no lo ha hecho, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación de esta providencia proceda a pronunciarse de fondo sobre el objeto de las peticiones elevadas por María de Jesús Vargas Medina, Beatriz Campos, Jorge Humberto Roncancio López y Ramiro Osma Fajardo.
- Tercero. PREVENIR al Seguro Social para que en el futuro se abstenga de incurrir en actuaciones que vulneran los derechos fundamentales de sus afiliados.
- Cuarto. Por Secretaría, líbrense la comunicación de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a15
T-588/03Derecho De Peticion. Solicitud Reliquidacion Pension Gracia. Respuesta De Fondo. Termino De Quince Dias Cuatro Y Seis Meses Para Resolver. Interposicion De Recursos En Tramite Administrativo. Llamado A Prevencion. Ley 700 De 2001. Concedida.T-325/03Derecho De Peticion. Solicitud Reconocimiento Y Pago Pension De Vejez Y Jubilacion. Respuesta Clara Y De Fondo. Termino De Quince Dias Cuatro Y Seis Meses Para Resolver. Ley 700 De 2001. Concedida.T-304/03Derecho De Peticion. Pago De Acreencias Laborales. Mesadas Pensiónales. Inclusion En Nomina De Pensionados. Pension De Sobrevivientes De Conyuge Superstite. Termino De Dos Meses Para Resolver. Ley 717 De 2001. Concedida.T-1170/03Derecho De Peticion. Solicitud Ante Entidad Para Reclamar Pension. 15 Dias Para Contestar. Concedida.SU.975/03Derecho A La Igualdad. Nivelacion O Reajuste Pensional Para Exmagistrados En Cuantia Equivalente A La De Congresistas. Concedida Parcial.T-418/01Derecho De Peticion.Solicitud Cancelacion Dineros Adeudados A Los Accionantes. Procedencia De La Tutela Para Reclamar Salarios. Derecho De Peticion Respuesta Clara Y Precisa .Concedida.
Ver las 15 →Citada por7
T-891/10Tutela de 2010T-883/05Tutela de 2005T-327/05Tutela de 2005T-613/04Derecho De Peticion De Pensionado. Solicitud Reliquidación De Pension Gracia. Terminos Para Resolver Derecho De Peticion Por Las Autoridades. Concedida.T-587/04Derecho De Peticion. Nucleo Esencial. Solicitud Reliquidacion Ingreso Base De Liquidacion Y Retroactividad. Pension De Vejez. Respuesta De Fondo. Unificacion Jurisprudencial. Tutela Efectiva. Termino De Quince Dias Dos Cuatro Y Seis Meses Para Resolver.T-1072/04Derecho De Peticion De Docente A Quien No Le Ha Sido Resuelta Una Solicitud De Pension De Jubilación. Presunción De Veracidad En Materia De Tutela Cuando El Demandado No Rinde El Informe Solicitado Por El Juez. El Derecho Constitucional De Peticion En Mat
Ver las 7 →Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.