Sentencia de Tutela28 de octubre de 2004
T-1072 de 2004
Ponente Humberto Antonio Sierra Porto
✓Demandante Cecilia Mejia Gonzalez Vs. Cajanal
✓
Tema · dato duro
Derecho De Peticion De Docente A Quien No Le Ha Sido Resuelta Una Solicitud De Pension De Jubilación. Presunción De Veracidad En Materia De Tutela Cuando El Demandado No Rinde El Informe Solicitado Por El Juez. El Derecho Constitucional De Peticion En Mat
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Derecho De Peticion En Materia Pensional
- Término de cuatro y seis meses para resolver reconocimiento y pago
- Término de quince días
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
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Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. REVOCAR la sentencia proferida por el Juzgado
- Tercero. Laboral del Circuito de Santa Marta, por las razones expuestas en esta providencia.
- Segundo. CONCEDER la protección constitucional del derecho de petición solicitado por la señora CECILIA MEJÍA GONZÁLEZ y, en consecuencia, ORDENAR al representante legal de CAJANAL, que dentro del término de cuarenta y ocho (48) horas, siguientes a la notificación de este fallo, expida, si aún no lo ha hecho, el acto administrativo que resuelva de manera clara, precisa y de fondo la solicitud elevada por la demandante.
- Tercero. Dar cumplimiento a lo previsto en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a6
T-613/04Derecho De Peticion De Pensionado. Solicitud Reliquidación De Pension Gracia. Terminos Para Resolver Derecho De Peticion Por Las Autoridades. Concedida.T-091/04Derecho De Peticion. Solicitud Reconocimiento Pago Y Reliquidacion Pension De Sobrevivencia Y Vejez. Respuesta De Fondo. Presuncion De Veracidad. Termino De Quince Dias Cuatro Y Seis Meses Para Resolver. Llamado A Prevencion. Concedida.T-588/03Derecho De Peticion. Solicitud Reliquidacion Pension Gracia. Respuesta De Fondo. Termino De Quince Dias Cuatro Y Seis Meses Para Resolver. Interposicion De Recursos En Tramite Administrativo. Llamado A Prevencion. Ley 700 De 2001. Concedida.T-392/03Derecho De Peticion. Solicitud Reliquidacion Pension De Jubilacion. Respuesta De Fondo. Terminos De Quince Dias Cuatro Y Seis Meses Para Resolver. Ley 700 De 2001. Concedida.T-1104/02Derecho De Peticion. Solicitud Reconocimiento Y Pago Pension De Sobrevivientes. Respuesta Clara Y Oportuna. Deber De Informar. Seis Meses. Silencio Administrativo Negativo. Llamado A Prevencion. Concedida.T-426/92Derecho De Peticion. Derecho A La Seguridad Social. Derechos De Las Personas De La Tercera Edad.Concedida Parcialmente.
Citada por2
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.