T-035A de 2013
Ponente Luis Guillermo Guerrero Pérez
✓Demandante Edgar Alberto Castro Isaza·Demandado Instituto De Seguros Sociales
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Reiteración de jurisprudencia
- Improcedencia por cuanto no se demostró afectación del mínimo vital y no se agotó la vía ordinaria
- Protección mediante acción de tutela
- Orden al ISS dar respuesta completa al recurso de apelación sobre reliquidación pensional, teniendo en cuenta aportes realizados en razón a los contratos celebrados simultáneamente con distintos empleadores
- Principio periculum in mora y principio fumus boni iuris para ordenar al ISS que al resolver recurso de apelación examine las cotizaciones simultáneas para determinar el monto correcto de reliquidación pensional
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Petición.
El ISS le reconoció una pensión de vejez al actor y éste recurrió el acto administrativo que le concedió la prestación, para que se reliquidara su mesada teniendo en cuenta para ello los aportes realizados de manera simultánea y tomando como base los últimos cien días de cotización, según lo establecido en el Acuerdo 049 de 1990.
El Instituto accionado confirmó su decisión y el actor solicitó la revocatoria directa de esta resolución confirmatoria, reiterando los argumentos expuestos en su apelación y señalando además que, al resolver éste recurso, no se hizo referencia sobre la inconformidad relacionada con los aportes efectuados de manera simultánea.
La Sala de Revisión decide TUTELAR el derecho de petición del actor en relación a obtener respuesta completa al recurso de apelación por él presentado.
Así mismo, declara sin valor ni efecto jurídico la resolución confirmatoria y ordena resolver el recurso de apelación de manera congruente con lo solicitado y teniendo en cuenta los aportes realizados por el accionante, en razón a los contratos celebrados simultáneamente con distintos empleadores.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- PRIMERO. REVOCAR PARCIALMENTE los fallos proferidos por el Juzgado Veintitres Civil del Circuito de Bogota, el 21 de junio de 2012, y por la Sala Civil Especializada en Restitucion de Tierras del Tribunal Superior del Distrito Judicial de la misma ciudad, el 19 de julio de 2012, y en su lugar TUTELAR el derecho de peticion del actor, en relacion a obtener respuesta completa al recurso de apelacion presentado en contra de la Resolucion No.106391 del 13 de mayo de 2010.
- SEGUNDO. DECLARAR sin valor, ni efecto juridico la Resolucion 1637 del 29 de abril de 2011, expedida por el Instituto de Seguro Sociales, y por lo tanto, ORDENAR a dicha entidad, ahora Colpensiones, que proceda a resolver el recurso de apelacion formulado contra la Resolucion No.106391 del 13 de mayo de 2010, de manera congruente con lo solicitado y teniendo en cuenta los aportes realizados en razon a los contratos celebrados simultaneamente con distintos empleadores.
- TERCERO. Por Secretaria General, librense las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.