T-008 de 2005
Ponente Manuel José Cepeda Espinosa
✓Demandante Hector Jose Guerrero Vs. Iss
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Fundamental por conexidad con la vida
- Prestación servicio de salud ordenado por médico tratante
- Casos en que procede
- Breve justificación
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derecho a la vida en conexidad con el derecho a la salud de afiliado al regimen contributivo por la negativa de la entidad de programar la cirugia de extracción catarata de ojo derecho mas reseccion pterigio.
La jurisprudencia constitucional ha señalado que toda persona tiene derecho a que se le garantice el acceso efectivo a los servicios medicos contemplados dentro del pos.
Concedida
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. REVOCAR el fallo proferido por el Juzgado 23 Civil del Circuito de Bogotá, dentro del proceso de la referencia.
- Segundo. TUTELAR los derechos a la vida en conexidad con el derecho a la salud del señor Héctor José Guerrero Obando. En consecuencia, se ordena al Instituto de los Seguros Sociales, que en el término de 48 horas contadas a partir del momento de la notificación del presente fallo, si aún no lo ha hecho, garantice la práctica de la CIRUGÍA DE EXTRACCIÓN DE CATARATA MAS RESECCION PTERIGIO OJO DERECHO.
- Tercero. Para garantizar la efectividad de la acción de tutela, el Juzgado Veintitrés Civil del Circuito de Bogotá, notificará esta sentencia dentro del término de cinco días después de haber recibido la comunicación, de conformidad con el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
- Cuarto. Líbrese por Secretaría General la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.