Micelio
Sentencia de Tutela17 de enero de 2002

T-003 de 2002

Ponente Alfredo Beltrán Sierra

Demandante Jaime Gutierrez Cardenas Vs. Empresa Dilotex Ltda

Tema · dato duro
Derecho Al Minimo Vital. Pago De Acreencias Laborales. Salarios Pagados En Vales Y Aportes A La Seguridad Social En Salud Y Pension. Estado De Subordinacion. Posicion Dominante. Concedida.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Salario
  • Pago debe ser en dinero
  • Pago oportuno y completo
  • Prohibición de pago mediante vales
1 tema · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. REVOCAR el fallo proferido el dos (2) de octubre de dos mil uno (2001), por el Juzgado 17 Laboral del Circuito de Bogota, dentro de la accion de tutela instaurada por el senor Jaime Gutierrez Cardenas contra Empresa Dilotex Ltda. En consecuencia se CONCEDE la presente tutela.
  2. Segundo. ORDENAR al gerente de la empresa DILOTEX Ltda., que en el termino de cuarenta y ocho (48) horas, siguientes a la notificacion del presente fallo, proceda a cancelar en dinero la parte de los salarios pagados en vales al actor, si ya no lo hubiere hecho y, al mismo tiempo ordenase el pago en dinero de los salarios que se causen en el futuro.
  3. Tercero. ORDENAR a la empresa Dilotex Ltda. que, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificacion de la presente sentencia, reanude el pago de los aportes en salud a la entidad prestadora del servicio de salud a la cual se encuentra afiliado el actor.
  4. Cuarto. Por Secretaria General, librense las comunicaciones de que trata el articulo 36 del decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.