C-912 de 2004
Ponente Humberto Antonio Sierra Porto
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Procedencia ante inexequibilidad de ley aprobatoria
- Constitucionalidad
- Contenido general
- Objetivo principal
- Mecanismos para la restitución
- Intervención en la negociación y firma de la Convención
- Alcance de la expresión “decreta”
- Concepto formal según la Constitución
- Confirmación presidencial subsana eventual vicio de representación del Estado
- Suscripción
- Validez
- Aprobación o improbación de tratados que el Gobierno celebre con otros Estados o con entidades de derecho internacional
- Exigencia ante sustracción ilícita de hijo
- Efectividad a través de compromisos internacionales
- Necesidad de llamar la atención del Congreso sobre la falta de rigor en el trámite al incorporar regulaciones de otra naturaleza
- Técnica de fijación del texto es deficiente
- Trámite
- Defectos que no son de trascendencia suficiente para configurar un vicio de procedimiento
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Ley 880 de 2004.
Convencion interamericana sobre restitución internacional de menores.
Antecedentes constitucionales.
Tramite general de la ley aprobatoria.
Contenido de la convención interamericana de restitución internacional de menores.
Tramite
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 880/04. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. Declarar EXEQUIBLE la Ley 880 de 2004, "por medio de la cual se aprueba la "CONVENCIÓN INTERAMERICANA SOBRE RESTITUCIÓN INTERNACIONAL DE MENORES" suscrita por Colombia en Montevideo, Uruguay, el 15 de julio de 1989, en la Cuarta Conferencia Especializada Interamericana sobre Derecho Internacional Privado".
- Segundo. Declarar EXEQUIBLE la "CONVENCIÓN INTERAMERICANA SOBRE RESTITUCIÓN INTERNACIONAL DE MENORES" suscrita por Colombia en Montevideo, Uruguay, el 15 de julio de 1989, en la Cuarta Conferencia Especializada Interamericana sobre Derecho Internacional Privado.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.