Micelio
Sentencia de Constitucionalidad3 de octubre de 2002Sala Plena

C-808 de 2002

Ponente Jaime Araujo Rentería

Demandante Puno Alirio Beltran

Tema · dato duro
Proceso De Filiacion. Práctica De Otras Pruebas Ante Renuencia A Práctica De Prueba De Adn
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Amparo De Pobreza
  • Garantía de igualdad y acceso a la justicia
Proceso De Filiacion
  • Carácter de la renuencia a práctica de prueba de ADN
  • Factor de solvencia económica en segunda prueba de ADN para objeción por error grave
  • Mecanismos de comparecencia del renuente a práctica de prueba de ADN
  • Opciones ante resultado de la prueba de ADN
  • Práctica de otras pruebas ante renuencia a práctica de prueba de ADN
Amparo De Pobreza En Proceso De Filiacion
  • Pago de costas de segunda prueba ante declaración
3 temas · 7 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Ley 721 de 2001.

Arts. 4 6 (ps.) y 8 parags. 1 y 2.

Modifica ley 75 de 1968.

Resultado examen de adn en procesos de filiacion.

Aclaracion modificacion u objecion por error grave.

Costos solicitud nueva prueba.

Amparo de pobreza.

Renuencia.

Acceso a la administracion

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 75/68. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 14Ley 75/68EXEQUIBLE
Art. 4Ley 721/01ESTARSE A LO RESUELTO
Art. 6Ley 721/01EXEQUIBLE
Art. 8Ley 721/01 «Parágrafo 1 y 2.»EXEQUIBLE
4 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (6 puntos)
  1. en nombre del pueblo y por mandato de la Constitución,
  2. R E S U E L V E:
  3. Primero. ESTARSE A LO RESUELTO en la sentencia C - 807 de 2002, por la cual se declaró INEXEQUIBLE la expresión "en caso de no asumirlo no se decretará la prueba", del inciso
  4. segundo. del artículo 4º de la Ley 721 de 2001. El resto del inciso se declaró EXEQUIBLE en el entendido de que para la práctica de la prueba el interesado debe suministrar lo necesario dentro del término que señale el juez, conforme a lo previsto en la parte pertinente del artículo 236 del Código de Procedimiento Civil.
  5. Segundo. Declarar EXEQUIBLE la expresión "solo cuando se trate de personas a quienes se les haya concedido el amparo de pobreza. En los demás casos correrá por cuenta de quien solicite la prueba" del artículo 6º de la Ley 721 de 2001.
  6. Tercero. Declarar EXEQUIBLES los parágrafos 1º y 2º del artículo 8º de la Ley 721 de 2001, en los términos de la parte motiva de esta sentencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.