C-785 de 2014
Ponente Jorge Iván Palacio Palacio
✓Demandante Jose Rosemberg Nuñez Cadena Y Otro·Demandado Ley 1537 De 2012, Articulo 38
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Necesidad de un mínimo de argumentación
- Requisitos
- Inhibición para decidir de fondo
- Ineptitud sustantiva de la demanda por incumplimiento de requisitos de certeza y pertinencia en los cargos
- Aplicación del principio pro actione
- Razones claras, ciertas, específicas, pertinentes y suficientes
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 38 de la Ley 1537 de 2012, por la cual se dictan normas tendientes a facilitar y promover el desarrollo urbano y el acceso a la vivienda y se dictan otras disposiciones.
En este caso la Corte entró a determinar si la regla establecida en el artículo demandado resulta contraria al artículo 51 de la Constitución, al no prohibir de manera expresa que los créditos hipotecarios para vivienda puedan ser cedidos a personas naturales, quienes en criterio de los actores, no cumplen con las condiciones necesarias para la administración de dichos créditos y la garantía de tales derechos.
Al examinar la demanda, la Sala encontró que el cargo formulado no cumple los requisitos necesarios para dar lugar a una decisión de fondo sobre el tema planteado, por cuanto los actores partieron de un supuesto que la norma no contempla, como es la posibilidad de que las personas naturales obren como cesionarias de estos créditos, pues por el contrario, ella precisa que tales cesionarios solo pueden ser determinadas personas jurídicas.
Luego de concluir que la demanda estudiada no cumple debidamente los requisitos de certeza y pertinencia, la Sala Plena decide declarase INHIBIDA para emitir pronunciamiento de fondo.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 1537/12. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
- RESUELVE
- Declararse INHIBIDA para emitir un pronunciamiento de fondo sobre la constitucionalidad del articulo 38 de la Ley 1537 de 2012, "por la cual se dictan normas tendientes a facilitar y promover el desarrollo urbano y el acceso a la vivienda y se dictan otras disposiciones".
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.