C-084 de 2014
Ponente Jorge Iván Palacio Palacio
✓Demandante Andres De Zubiria Samper·Demandado Ley 1654 De 2013, Articulo 1 Literal D
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Inhibición para decidir de fondo sobre la constitucionalidad del literal d) del artículo 1º de la ley 1654 de 2013
- Aplicación del principio pro actione
- Razones claras, ciertas, específicas, pertinentes y suficientes
- Ineptitud sustantiva de la demanda por incumplimiento de requisitos de certeza pertinencia y suficiencia en los cargos
- Requisitos
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 1º literal d) de la Ley 1654 de 2013, por la cual se otorgan facultades extraordinarias pro tempore al presidente de la república para modificar la estructura y la planta de personal de la Fiscalía General de la Nación y expedir su régimen de carrera y situaciones administrativas.
A juicio del demandante, la norma acusada desconoce lo dispuesto en el artículo 69 de la Carta Política que consagra el principio de autonomía universitaria, según el cual, estos entes académicos cuentan con sus órganos de dirección, se rigen por sus propios estatutos y cuentan con un régimen jurídico especial.
Indica además que el Congreso reguló la prestación del servicio educativo a nivel superior a través de la ley 30 de 1992.
La Corte determino la falta de certeza, pertinencia y suficiencia en los cargos de inconstitucionalidad formulados y decidió declararse INHIBIDA para decidir de fondo, por ineptitud sustantiva de la demanda.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 1654/13. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
- RESUELVE:
- Declararse INHIBIDA para decidir sobre la constitucionalidad del literal d) del articulo 1o de la ley 1654 de 2013.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.