Micelio
Sentencia de Constitucionalidad25 de julio de 2001Sala Plena

C-776 de 2001

Ponente Alfredo Beltrán Sierra

Demandante Marcela Patricia Jimenez Arango

Tema · dato duro
Derecho A La No Autoincriminacion En Libertad Provisional. Colaboración Necesaria Para Esclarecimiento De Hechos
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derecho A La No Autoincriminacion En Diligencia De Compromiso
  • Colaboración necesaria para esclarecimiento de hechos
Derecho A La No Autoincriminacion En Libertad Provisional
  • Colaboración necesaria para esclarecimiento de hechos
Deberes De La Persona Y Del Ciudadano
  • Colaboración para el buen funcionamiento de la administración de justicia
Presuncion De Inocencia
  • No imposición de colaboración necesaria para esclarecimiento de hechos
10 temas · 9 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Ley 600 de 2000.

Codigo de procedimiento penal.

Art 368 (p).

Diligencia de compromiso prestarle la colaboracion necesaria para el esclarecimiento de los hechos.

Comparecencia del sindicado.

Silencio voluntario.

Autoincriminacion.

Inexequible

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 600/00. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 151Ley 600/00INEXEQUIBLE
Art. 367Ley 600/00INEXEQUIBLE· expresión
Expresión declarada inexequible«"y prestarle la colaboración necesaria para el esclarecimiento de los hechos" del numeral 1.»
Art. 368Ley 600/00INEXEQUIBLE· expresión
3 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Declárase INEXEQUIBLE la expresión "y prestarle la colaboración necesaria para el esclarecimiento de los hechos" contenida en el artículo 368 numeral
  2. primero. de la ley 600 de 2000 "Por la cual se expide el Código de Procedimiento Penal".
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
AclaraciónAlvaro Tafur Galvis
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.