Micelio
Sentencia de Constitucionalidad4 de noviembre de 1998Sala Plena

C-621 de 1998

Ponente José Gregorio Hernández Galindo

Demandante Alejandro De Castro Gonzalez

Tema · dato duro
Dec. 2700/91. C.De P.P. Arts. 248 253 357 358363 Parciales Y 322 Y 377. Inconstitucionalidad De La Exhortacion Al Indagado Para Que Diga La Verdad. Exequible E Inexequible.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Exhortacion Al Indagado A Decir La Verdad
  • Error al interpretarlo como procedimiento aislado y autónomo
  • Inconstitucionalidad
  • No puede interpretarse como mecanismo de coacción judicial
Indagatoria
  • Se rinde ante funcionario judicial
Sentencia De Constitucionalidad Condicionada
  • Solicitud del demandante de exequibilidad parcial
Ampliacion De Indagatoria
  • Solicitud por el procesado
Captura
  • Formalidades
Principio De No Autoincriminacion
  • Silencio voluntario del individuo llamado a indagatoria
11 temas · 8 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Decreto 2700/91. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 248Decreto 2700/91INHIBITORIO
Art. 253Decreto 2700/91INHIBITORIO
Art. 357Decreto 2700/91EXEQUIBLE
Art. 358Decreto 2700/91EXEQUIBLE
Art. 363Decreto 2700/91EXEQUIBLE
Art. 377Decreto 2700/91EXEQUIBLE
6 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (6 puntos)
  1. Primero. En los términos de esta Sentencia, declárase EXEQUIBLE el artículo 357 del Código de Procedimiento Penal (Decreto 2700 de 1991), con excepción de las palabras "...que diga la verdad, advirtiéndole que debe...", las cuales se declaran INEXEQUIBLES.
  2. Segundo. Declárase EXEQUIBLE el artículo 358 del Código de Procedimiento Penal. Las expresiones "...y el funcionario le advertirá que su actitud la podrá privar de medios de defensa", contenidas en la norma, se ajustan a la Constitución siempre y cuando se entienda que aluden única y exclusivamente al medio de defensa en que consiste la misma indagatoria.
  3. Tercero. Declárase EXEQUIBLE, en los términos de esta Sentencia, el artículo 363 del Código de Procedimiento Penal.
  4. Cuarto. Declárase EXEQUIBLE en todas sus partes el artículo 377 del Código de Procedimiento Penal.
  5. Quinto. La Corte SE DECLARA INHIBIDA para proferir fallo de mérito sobre las partes demandadas de los artículos 248, 253 y 322 del Código de Procedimiento Penal, por no haberse formulado cargos contra ellos.
  6. Sexto. Esta Sentencia deberá notificarse personalmente al Fiscal General de la Nación.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
Salvamento parcialVladimiro Naranjo Mesa
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.