ARTICULO 363 . Interrogatorio al indagado . En la recepción de indagatoria solamente el funcionario judicial podrá dirigir preguntas al indagado. La intervención del defensor no le dará derecho para insinuar al indagado las respuestas que debe dar, pero podrá objetar al funcionario las preguntas que no haga en forma legal y correcta.
Decreto 2700 de 1991 →Vigente
Artículo 363
Decreto 2700 de 1991 · por el cual se expiden las normas de Procedimiento Penal.
1 sentencia lo revisó
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de cada sentencia