Micelio

Artículo 368

Diligencia De Compromiso

Ley 600 de 2000 · Por la cual se expide el Código de Procedimiento Penal.Vigente Parcial

2 sentencias lo revisaron2 inexequibilidades
01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

En los eventos en que elsindicado deba suscribir diligencia de compromiso, se le impondrán bajo la gravedad de juramento, las siguientes obligaciones:

1.

Presentarse cuando el funcionario competente lo solicite y prestarle la colaboración necesaria para el esclarecimiento de los hechos . No se pueden imponer presentaciones periódicas.

2.

Observar buena conducta individual, familiar y social.

3.

Informar todo cambio de residencia.

4.

No salir del país sin previa autorización.

5.

Las que el funcionario judicial considere necesarias para preservar las pruebas, proteger a las víctimas y hacer cesar los efectos dañosos de la conducta punible.

Se dejará constancia dentro del acta de las consecuencias legales de su incumplimiento.

Parágrafo

Si se incumpliere alguna de las obligaciones contraídas en el acta, el funcionario judicial escuchará en descargos al sindicado y si encontrare mérito impondrá como sanción una multa de uno (1) a cien (100) salarios mínimos legales mensuales vigentes, que deberá consignar dentro de los tres (3) días siguientes a la notificación de la providencia que la imponga.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

  1. 2001
    C-776/01ConstitucionalidadINEXEQUIBLE· expresión
  2. 2002
    C-371/02ConstitucionalidadINEXEQUIBLE
2 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de cada sentencia
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