C-668 de 2001
Ponente Clara Inés Vargas Hernández
✓Demandante Rafael Sandoval Lopez
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Procedencia de casación en penal
- Oportunidad de demanda de casación en penal
- Respuesta inmediata en demanda de casación penal
- Recurso extraordinario
- Distinción
- Concepto
- Sujeción a la Constitución
- Demandada
- No demandantes
- Demandante
- Petrificación
- Alcance
- Concepto
- Lenguaje
- Lenguaje
- Alcance
- Sujeción a la ley
- Lenguaje de la norma
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Ley 600 de 2000.
Codigo de procedimiento penal.
Arts: 205 (p) 210 (p) 211 (p) 213 (p)214 216(p) y 217 (p).
Procedencia de la casacion.
Oportunidad.
Traslado a los no demandantes.
Calificacion de la demanda.
Respuesta inmediata.
Limitacion de la casacion.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 600/00. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- Primero. ESTESE a lo resuelto en la sentencia C - 252 de 2001, en la que se hicieron los siguientes pronunciamientos: declarar INEXEQUIBLE la expresion "ejecutoriadas" del inciso
- primero. del articulo 205 de la ley 600 de 2000; declarar INEXEQUIBLES los incisos
- primero. y
- segundo. del articulo 210 de la ley 600 de 2000 y declarar INEXEQUIBLE el articulo 214 de la ley 600 de 2000.
- Segundo. Declarar EXEQUIBLES las expresiones "no demandantes" del articulo 211, "demandante"de los articulos 213 y 216 y "demandada" del articulo 217 de la Ley 600 de 2000.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.