C-593 de 2012
Ponente María Victoria Calle Correa
✓Demandante Andres De Zubiria Samper·Demandado Ley 1507 De 2012
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Plazo para expedir Ley de distribución de competencias en materia de televisión
- Derecho constitucional
- No es posible equiparación
- Interpretación estricta y restrictiva
- En aplicación del principio de armonización concreta, el término señalado por el Constituyente derivado para su expedición, debe entenderse como un llamado de urgencia cabalmente asumido por el Con
- Reparto general de competencias
- Formulas creadas por el Constituyente
- Facultades extraordinarias
- Jurisprudencia constitucional
- Jurisprudencia constitucional
- Aplicación de normas constitucionales transitorias que establecen plazos perentorios y sus efectos
- Contenido y alcance
- Interpretación sistemática
- Normas transitorias
- Potestad de configuración y al vencimiento se autoriza al Presidente a expedir la norma respectiva que llena el vacío legal general por la transición
- Aptitud del cargo para producir un pronunciamiento de fondo
- No solo están taxativamente señaladas en la propia Carta sino que parten de la necesidad de una reglamentación urgente para el desarrollo constitucional
- Son generales, salvo lo expresamente señalado en el numeral 10 del artículo 150 de la Carta
- Naturaleza
- No son de diferente jerarquía que las demás normas de la Carta
- Jurisprudencia constitucional
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Demanda de inconstitucionalidad contra la Ley 1507 de 2012, por la cual se establece la distribución de competencias entre las entidades del Estado en materia de televisión y se dictan otras disposiciones.
El actor considera que la norma acusada viola el artículo transitorio contenido en el artículo 3º del Acto Legislativo 02 de 2011, en la medida en que fue expedida por fuera del término que allí se le confirió al Congreso de la República para adoptar las normas sobre la distribución de competencias entre las entidades del Estado en materia de televisión.
La Corte toma una decisión aplicando el principio de armonización y así, mediante una interpretación sistemática, establece el alcance del mandato sin lesionar la vigencia de la potestad de configuración del derecho del Congreso de la República.
Con este entendido estableció que en lo que incumbía a la Corporación Legislativa el trámite y aprobación de la Ley se surtió en el término otorgado por el constituyente en el Acto Legislativo 02 de 2011, y que si bien, la promulgación de la Ley excedió dicho término, ocurrió por virtud de un trámite que incumbe adelantar al Presidente de la República.
La norma acusada se declara EXEQUIBLE por el cargo analizado.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Acto_legislativo 02/11. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
- RESUELVE
- Declarar EXEQUIBLE la Ley 1507 de 2012 por el cargo analizado.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.