C-542 de 2019
Ponente Alejandro Linares Cantillo
✓Demandante Andres Felipe Avendaño Martinez·Demandado Ley 14 De 1964
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Ejercicio profesional inadecuado pone en riesgo derechos fundamentales
- Ejercicio de la profesión en el Estado Social de Derecho
- Pronunciamiento de fondo
- Circunscrita al proceso penal
- Garantía del debido proceso constitucional
- Garantía del Estado en cualquier proceso o actuación judicial o administrativa
- Aplicación del principio pro actione
- Abogado titulado
- Distinción
- Excepciones a actuación mediante abogado
- Vigencia y existencia
- Requisitos
- Contenido
- Exigencias argumentativas
- Razones claras, ciertas, específicas, pertinentes y suficientes
- Vigencia normativa como presupuesto para su estudio
- Exigencia de título profesional y la necesidad de garantizar la idoneidad de quienes ejercen la profesión de abogado
- Fundamento constitucional que justifica presencia
- Regla general de acceso a la justicia
- Elementos
- Vulneración
- Definición
- Consagración constitucional
- Clases
- Acceso sin representación de abogado
- Importancia
- Requerimiento en proceso
- Vigencia o producción de efectos jurídicos
- Control que deben llevar a cabo las autoridades respecto del ejercicio de dicha profesión
- Función social
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 3 de la Ley 14 de 1964, por medio de la cual se reforma y adiciona la Ley 148 de 1961, sobre la lepra, y se dictan otras disposiciones.
El demandante considera que la disposición acusada, al otorgar una autorización para litigar en causa propia o ajena a personas que no sean abogados, vulnera los derechos a la igualdad, a la libertad de escoger profesión u oficio y al debido proceso, en su dimensión del derecho a la defensa técnica y el acceso efectivo a la administración de justicia; La Corte considera que autorizar a los residentes de los municipios de Contratación y Agua de Dios para que litiguen en causa propia o ajena, aunque no sean abogados, vulnera derechos fundamentales.
Se declara la INEXEQUIBIIDAD del artículo cuestionado.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 148/61. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
- RESUELVE:
- Declarar INEXEQUIBLE el articulo 3 de la Ley 14 de 1964 "por medio de la cual se reforma y adiciona la Ley 148 de 1961, sobre lepra, y se dictan otras disposiciones", con los efectos indicados en la parte motiva de esta sentencia.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.