C-433 de 2013
Ponente Luis Ernesto Vargas Silva
✓Demandante Jarol Estibens Echeverry Giraldo Y Otros·Demandado Acto Legislativo 06 De 2011, Articulo 2
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Inhibición para decidir de fondo
- Problemas se proyectan al estudio tanto de vicios de procedimiento como a los de contenido material
- Precisión del alcance de la competencia de la Corte en relación con vicios competenciales
- Caducidad
- Cumplimiento de requisitos exigidos para avocar examen de los presuntos vicios competenciales del constituyente derivado, por un cargo de sustitución de la constitución
- Inhibición para proferir decisión de fondo en relación con el artículo 2° del Acto Legislativo No.6 de 2011, por ineptitud de demanda
- Razones claras, ciertas, específicas, pertinentes y suficientes
- Concepto
- Jurisprudencia constitucional
- Metodología
- Parámetros de control
- Requisitos
- Concepto
- Concepto
- Incumplimiento de requisitos de certeza, especificidad, pertinencia y suficiencia en los cargos
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Demanda de inconstitucionalidad en contra del artículo 2º del Acto Legislativo 06 de 2011, por el cual se reforma el artículo 235, el artículo 50 y el numeral 1º del artículo 251 de la Constitución Política.
Los demandantes consideran que el Congreso de la República incurrió en un vicio de competencia en la expedición del Acto Legislativo 06 de 2011.
En su concepto, al permitir que el Congreso atribuya a particulares y autoridades distintas a la Fiscalía General de la Nación el ejercicio de la acción penal, el constituyente derivado sustituyó la Carta Política, lo que comporta el desplazamiento de varios de sus ejes definitorios, todos ellos relacionados con el sistema de persecución penal acogido por el constituyente originario.
La Corte ratificó que la demanda contra Actos Legislativos por vicios de competencia no puede plantear un juicio de orden material no previsto en el artículo 241-1 de la Carta Política.
La Sala se declara INHIBIDA para proferir decisión de fondo, por ineptitud sustantiva de la demanda.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Acto_legislativo 06/11. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (22 puntos)
- Primero. INHIBIRSE para proferir decision de fondo en relacion con el articulo 2deg del Acto Legislativo No. 6 de 2011, por ineptitud sustantiva de la demanda.
- JORGE IVAN PALACIO PALACIO
- Presidente
- MARIA VICTORIA CALLE CORREA
- Magistrada
- MAURICIO GONZALEZ CUERVO
- Magistrado
- Salvamento de voto
- LUIS GUILLERMO GUERRERO PEREZ
- Magistrado
- ALBERTO ROJAS RIOS
- Magistrado
- Salvamento de voto
- GABRIEL EDUARDO MENDOZA MARTELO
- Magistrado
- NILSON PINILLA PINILLA
- Magistrado
- JORGE IGNACIO PRETELT CHALJUB
- Magistrado
- LUIS ERNESTO VARGAS SILVA
- Magistrado
- MARTHA VICTORIA SACHICA MENDEZ
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.