C-422 de 2012
Ponente Mauricio González Cuervo
✓Demandante Jairo Villegas Arbelaez·Demandado Decreto 1042 De 1978, Articulo 2, Inciso Primero (Parcial) Y Articulo 83
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Definición de vigencia de norma para determinar materia sujeta a control
- Definición
- Inhibición para pronunciarse por carencia actual de objeto por derogatoria y cosa juzgada constitucional
- Modificaciones introducidas al artículo 122 de la Constitución Política sobre inhabilidades no es óbice para tener como vigentes consideraciones vertidas en sentencia C-401 d
- Supuestos diferentes
- Definición
- Comparación con norma posterior para determinar si se ha producido derogatoria
- Juicio de vigencia para determinar el objeto de control
- Definición
- Comparación con definición de empleo público temporal contenido en norma posterior
- Definición
- Vinculación con la Administración Pública
- Definición
- Requisitos para su configuración
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Demanda de Inconstitucionalidad contra los artículos 2º, inciso primero (parcial) y 83, del Decreto 1042 de 1978, por el cual se establece el sistema de nomenclatura y clasificación de los empleos de los ministerios, departamentos administrativos, superintendencias, establecimiento públicos y unidades administrativas especiales del orden nacional, se fijan las escalas de remuneración correspondientes a dichos empleos y se dictan otras disposiciones.
El actor aduce que las normas acusadas vulneran los artículos constitucionales 122, 125 y 128, pues en la definición constitucional no se distingue, al referirse al empleo público, entre aquel encaminado a satisfacer las necesidades permanentes o las temporales.
A su juicio, la duración o la intensidad del empleo no es un elemento constitucional esencial ni determinante en la definición del empleo en la Administración.
La Corte se declara INHIBIDA por carencia actual de objeto frente al aparte demandado del artículo 2º del Decreto 1042 de 1978, al igual que frente al inciso segundo del artículo 83, por cuanto se comprobó que se encuentran derogados.
Frente a los apartes restantes del artículo 83, se decide ESTARSE A LO RESUELTO en la sentencia C-401/98.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Decreto 1042/78. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. Declararse INHIBIDA para fallar sobre la expresion "permanentes" contenida en el articulo 2 del Decreto 1042 de 1978, al igual que frente al inciso
- segundo. del articulo 83 del Decreto 1042 de 1978, por hallarse frente a la derogatoria de los mismos.
- Segundo. ESTARSE A LO RESUELTO en la Sentencia C-401 de 1998 frente al contenido normativo restante del articulo 83 del Decreto 1042 de 1978.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.