C-411 de 1993
Ponente Carlos Gaviria Díaz
✓Demandante Alfonso Lopez Carrascal Y Otro
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Inviolabilidad
- Revelación
- Eximentes
- Prescripción
- Vulneración
- Término
- Vulneración
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Decreto 2700/91. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (8 puntos)
- PRIMERO. En relacion con el articulo 293 del Decreto 2700 de 1991, se ha de estar a la declaracion de exequible que la Corte Constitucional dispuso en Sentencia No. C-053 del 18 de febrero de 1993.
- SEGUNDO. En relacion con los articulos 251 y 352, ha de estarse a lo resulto en Sentencia C-150 del 22 de Abril del presente ano, que declaro inexequible, en lo acusado, el articulo 251 y exequible el inciso
- segundo. del articulo 352 del Decreto 2700 de 1991.
- TERCERO. Declarase inexequible el aparte del Articulo 284 del Decreto 2700 de 1991, que dice:"...salvo que se trate de circunstancias que evitarian la consumacion de un delito futuro:", por las consideraciones que anteceden.
- CUARTO. Declarase inexequible el Articulo 332 del Decreto 2700 de 1991, por las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia, en los apartes acusados, cuyos textos dicen: "... constituira presuncion de violacion de la reserva, y ...".
- QUINTO. Declarase inexequible el articulo 438 del Decreto 2700 de 1991, por las razones expuestas en la parte motiva, en el aparte acusado, cuyo texto reza: "...Cuando no hubiere pruebas necesarias para calificar la investigacion, el Fiscal se abstendra de cerrarla."
- SEXTO. Declarase inexequible el articulo 439 del Decreto 2700 de 1991, por las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia, en el aparte acusado, cuyo texto dice: "...Cuando no hubiere lugar a proferir estas determinaciones el Fiscal continuara adelantando la instruccion."
- SEPTIMO. Declarase inexequible el articulo 329 del Decreto 2700 de 1991, en razon de las consideraciones antes expuestas, en el aparte acusado, que textualmente dice: "La instruccion podra realizarse mientras no prescriba la accion penal."
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.