Micelio
Sentencia de Tutela12 de diciembre de 1995

T-604 de 1995

Ponente Carlos Gaviria Díaz

Demandante Jose Manuel De Arcos Garces

Tema · dato duro
Debido Proceso. Dilaciones Injustificadas. Concedida.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Debido Proceso
  • Dilación de investigación penal
Mora Judicial
  • Efectos
  • Dilación injustificada de investigación
Proceso Penal
  • Incumplimiento de términos procesales
  • Impulso
Demanda De Tutela
  • Trámite oportuno en investigación penal
Derecho De Peticion En Proceso Penal
  • Dilación de investigación penal
5 temas · 7 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (6 puntos)
  1. PRIMERO. Revocar el fallo proferido por la Sala de Casacion Penal de la Corte Suprema de Justicia, el 15 de agosto de 1995, en el proceso de tutela adelantado por Jose Manuel Arco Garces contra la Jueza Primera Penal Municipal de Cartagena.
  2. SEGUNDO. Conceder la tutela del derecho al debido proceso invocado por el demandante y, en consecuencia, ordenar a la Jueza Primera Penal Municipal de Cartagena, o a la autoridad judicial que corresponda, que en el termino de quince (15) dias, contados a partir de la notificacion de este fallo proceda a cerrar las investigaciones que adelanta contra Jose Manuel de Arco Garces, en las cuales se encuentran vencidos los terminos, y continue la tramitacion de los procesos, observando en forma estricta los terminos previstos para las restantes actuaciones judiciales.
  3. TERCERO. Confirmar el numeral
  4. tercero. de la sentencia proferida por el Tribunal Superior de Cartagena, Sala Penal en cuanto al envio de copias al Consejo Seccional de la Judicatura de Bolivar para que, si lo estima pertinente, inicie las investigaciones disciplinarias a que haya lugar por la mora en que incurrio la funcionaria en la tramitacion de los procesos relacionados en esta accion.
  5. CUARTO. Comunicar la presente providencia al Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cartagena, para los efectos del articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
  6. Notifiquese,
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.