Micelio
Sentencia de Constitucionalidad28 de agosto de 1997Sala Plena

C-407 de 1997

Ponente Jorge Arango Mejía

Demandante Carlos Rugeles Castillo

Tema · dato duro
Dec. 2282/89. Art. 144 N° 6. Art. 1 N° 84. Saneamiento De La Nulidad. Inexequibles.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derecho De Defensa
  • Controversias sometidas a procedimientos preestablecidos
Derecho Procesal
  • Observancia de las formas propias de cada juicio
Ley Procesal
  • Consagración de diversos procedimientos
Primacia De La Ley Sustancial
  • No pugna con el debido proceso
Procedimiento
  • Partes y jueces no disponen de él
Debido Proceso
  • Configuración legal
  • Vulneración al resolverse por proceso ordinario un asunto especial
Inexequibilidad
  • Motivos de inconveniencia no pueden erigirse en causales
Saneamiento De Nulidad
  • Resorte del legislador
Principio De Igualdad Ante La Ley
  • Controversias sometidas a procedimientos preestablecidos
12 temas · 12 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Decreto 1400/70. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 144Decreto 1400/70INEXEQUIBLE
Expresión declarada inexequible«numeral 6»
Art. 1Decreto 2282/89INEXEQUIBLE
Expresión declarada inexequible«numeral 84»
Art. 1Decreto 2282/89INEXEQUIBLE
Expresión declarada inexequible«...salvo el evento previsto en numeral 6° anterior...»
3 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
  2. R E S U E L V E:
  3. Declaranse INEXEQUIBLES el numeral 6 del articulo 144 del Codigo de Procedimiento Civil, numeral 84 del articulo 1deg del decreto 2282 de 1989, y la siguiente expresion del ultimo inciso del mismo articulo: "...salvo el evento previsto en numeral 6deg anterior...".
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
SalvamentoEduardo Cifuentes Muñoz
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.