Micelio
Sentencia de Constitucionalidad21 de julio de 1998Sala Plena

C-372 de 1998

Ponente Fabio Morón Díaz

Demandante Luis Alvaro Rodriguez Beltran

Tema · dato duro
C.S.T. Arts. 6573 Y 75 Parciales; 90919293128155156162182187234240250307409 Y 470. Arts. 147189267 Y 344 Parciales. Servicio Domestico. Exequibles Sentencia Inhibitoria. Ver <a Href=../1995/C-589-95.Rtf> C-589/95</A>.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

4 temas · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Decreto ley 2663/50. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 162Decreto ley 2663/50EXEQUIBLE
Art. 133Ley 100/93 «“no afiliado al sistema general de pensiones por omisión del empleador”, “exclusivamente” y “que tengan la calidad de trabajadores oficiales”»EXEQUIBLE
Art. 65Ley 278/96INHIBITORIO
3 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (6 puntos)
  1. Primero. Declarar EXEQUIBLES los literales a) y b) del artículo 162 del Código Sustantivo del Trabajo, y, en el caso del literal b) la exequibilidad se condiciona en el sentido de que los trabajadores domésticos que residen en la casa del patrono, no podrán tener una jornada superior a 10 horas diarias.
  2. Segundo. Declarar EXEQUIBLES la frase "no afiliado al sistema general de pensiones por omisión del empleador", contenida en el inciso
  3. primero. del artículo 267 del Código Sustantivo del Trabajo, modificado por el artículo 133 de la ley 100 de 1993, y las expresiones "exclusivamente" y "que tengan la calidad de trabajadores oficiales" de su parágrafo
  4. primero.
  5. Tercero. Declarar la INHIBICION de la Corte Constitucional para conocer sobre la constitucionalidad del segmento demandado del numeral 2º del artículo 65 del Código Sustantivo del Trabajo por falta de cargos en su contra y del aparte demandado del numeral 2º del artículo 147 del Código Sustantivo del Trabajo, por haber sido derogado por el artículo 8º de la ley 278 de 1996.
  6. Cuarto. ESTESE A LO RESUELTO en la Sentencia No. C-589 de 1995, en relación con los apartes acusados del artículo 156 del Código Sustantivo del Trabajo.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
SalvamentoJosé Gregorio Hernández Galindo
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.