Micelio
Sentencia de Constitucionalidad16 de mayo de 2012Sala Plena

C-368 de 2012

Ponente Luis Ernesto Vargas Silva

Demandante Sandra Paola Charris Ibarra·Demandado Ley 1371 De 2009, Articulo 2 (Parcial)

Tema · dato duro
Patrimonios Autonomos. Constitución En Contratos De Fiducia Mercantil
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Administracion Por Entidades Fiduciarias De Recursos Del Fondo Para Pago Del Pasivo Pensional
  • Cumplimiento de condiciones exigidas para la intervención estatal en la definición de la institucionalidad de la seguridad social
Patrimonios Autonomos
  • Constitución en contratos de fiducia mercantil
Sistema General De Seguridad Social
  • Amplio margen de configuración legislativa
Universidades Estatales Del Nivel Nacional Y Territorial
  • Administración del fondo para el pago del pasivo pensional por fiduciaria
Libertades Economicas
  • Contenido y alcance en el ámbito de la seguridad social
Medida Legislativa Sobre Administracion Por Entidades Fiduciarias De Recursos Del Fondo Para Pago Del Pasivo Pensional
  • Control constitucional para determinar si es una intervención estatal en la economía que cumpla con criterios de razonabilidad y propor
  • Instrumentos legislativos de intervención económica cuando se trata de asuntos propios de la seguridad social
Contrato De Fiducia
  • Características
Libertad De Empresa Y Libre Competencia
  • Admisión de limitaciones proporcionadas y razonables respecto de los actores que integran el sistema de seguridad social
28 temas · 29 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Demanda de Inconstitucionalidad contra el artículo 2º (parcial) de la Ley 1371 de 2009, por la cual se establece la concurrencia para el pago del pasivo pensional de las universidades estatales del nivel nacional y territorial y se dictan otras disposiciones.

La demandante considera que la expresión acusada, en cuanto circunscribe a las entidades fiduciarias la potestad legal para la administración del fondo para el pago del pasivo pensional de las universidades públicas, vulnera los derechos a la seguridad social, la igualdad y la libre competencia económica.

La Sala concluye que el aparte demandado se encuadra dentro del amplio margen de configuración legislativa en materia de definición de institucionalidad del sistema de seguridad social, que no afecta el núcleo esencial de las libertades económicas y que cumple con criterios de razonabilidad y proporcionalidad, escrutados a partir del reconocimiento del margen de regulación.

Se declara la EXEQUIBILIDAD de la expresión fiduciaria, contenida en el artículo 2º de la Ley 1371 de 2009.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 1371/09. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 2Ley 1371/09EXEQUIBLE
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. en nombre del Pueblo y por mandato de la Constitucion,
  2. RESUELVE:
  3. Declarar EXEQUIBLE la expresion "fiduciaria", contenida en el articulo 2o de la Ley 1371 de 2009 "por la cual se establece la concurrencia para el pago del pasivo pensional de las universidades estatales del nivel nacional y territorial y se dictan otras disposiciones".
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.