C-178 de 2020
Ponente Antonio José Lizarazo Ocampo
✓Demandante Revision De Constitucionalidad Del Decreto Legislativo 507/20
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Juicio de necesidad
- Exequibilidad condicionada
- Contenido y alcance
- Jurisprudencia constitucional
- Competencia de la Corte Constitucional
- Ausencia de motivación suficiente
- Exequibilidad
- Juicio de necesidad
- Juicio de no contradicción específica
- Juicio de no discriminación
- Juicio de proporcionalidad
- Juicio de conexidad material
- Juicio de motivación suficiente
- Juicio de incompatibilidad
- Juicio de finalidad
- Juicio de ausencia de arbitrariedad
- Juicio de intangibilidad
- Definición
- Carácter reglado, excepcional y limitado
- Control político y control jurídico
- Contenido
- Vigencia de las medidas adoptadas
- Intervención del Estado
- Alcance
- Fundamento
- Presupuestos formales y materiales
- Juicio formal
- Juicio material
- Establece tres clases de estados de excepción
- Juicio de constitucionalidad
- Características
- Competencias del Congreso de la República
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Revisión de constitucionalidad del Decreto 507 del 1º de abril de 2020, por el cual se adoptan medidas para favorecer el acceso de los hogares más vulnerables a los productos de la canasta básica, medicamentos y dispositivos médicos, en el marco de la Emergencia Económica, Social y Ecológica decretada mediante el Decreto 417 de 2020.
La Corte concluyó que las medidas de emergencia dirigidas al control de precios de los productos de primera necesidad para preservar a los consumidores de su acaparamiento, especulación y usura, se ajustan de forma plena a los requisitos formales y materiales previstos en la Constitución y la Ley Estatutaria de los Estados de Excepción.
No obstante lo anterior, consideró la Sala Plena que indeterminación de la vigencia de estas medidas resulta desproporcionada, por lo que se precisó hasta cuándo estarán vigentes, de conformidad con el artículo 215 de la constitución política.
Se declaró la EXEQUIBILIDAD de los artículos 1, 2, 3, 4, 5 y 6 del precitado Decreto y la EXEQUIBILIDAD CONDICIONADA de su artículo 7, en el entendido de que las medidas adoptadas estarán vigentes durante el año siguiente a la declaratoria del Estado de Emergencia Económica y Social, decretada en el Decreto 417/20.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Decreto 507/20. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. Declarar EXEQUIBLES los articulos 1o, 2o, 3o, 4o, 5o y 6o del Decreto 507 de 2020, "Por el cual se adoptan medidas para favorecer el acceso de los hogares mas vulnerables a los productos de la canasta basica, medicamentos y dispositivos medicos, en el marco de la Emergencia Economica, Social y Ecologica decretada mediante el Decreto 417 de 2020".
- Segundo. Declarar EXEQUIBLE el articulo 7o del Decreto 507 de 2020, en el entendido de que las medidas adoptadas estaran vigentes durante el ano siguiente a la declaratoria del Estado de Emergencia Economica y Social, mediante el Decreto 417 de 2020.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.