Micelio
Sentencia de Constitucionalidad11 de junio de 2020Sala Plena

C-174 de 2020

Ponente Luis Guillermo Guerrero Pérez

Demandante Revision De Constitucionalidad Del Decreto Legislativo 518/20

Tema · dato duro
Programa Ingreso Solidario.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Auxilios O Donaciones
  • Excepción a la prohibición
Bienes Y Servicios De Primera Necesidad
  • Pertenecen a dicha categoría, aquellos que guardan una relación estrecha con el derecho al mínimo vital
Derecho A La Igualdad
  • Condiciones para que trato diferenciado de situaciones de hecho diversas no constituya discriminación
  • Inexistencia de trato discriminatorio
Declaracion De Estados De Excepcion
  • Responsabilidad del Presidente de la República y Ministros
Decreto Legislativo De Desarrollo De Estado De Emergencia Económica, Social Y Ecológica
  • Debe ser expedido dentro del término de vigencia del estado de emergencia
  • Focalización y priorización del gasto público social en función de la condición socio económica
Estado De Emergencia Ecologica, Economica Y Social
  • Control constitucional de las medidas que se adoptan bajo su vigencia
Estados De Excepcion
  • Control político
  • Principio de temporalidad
  • Carácter reglado, excepcional y limitado
Interpretacion De Norma Legal
  • Textual, sistemática, teleológica y jurisprudencial
Legislador
  • Amplio margen de configuración de los derechos sociales
Minimo Vital
  • Situaciones humanas límites producidas por la extrema pobreza y la indigencia
Motivacion En Estados De Excepcion
  • Deber del Gobierno de motivar adecuadamente cada una de las medidas
Programa Ingreso Solidario
  • Criterios de focalización
  • Recursos
  • Objeto
Sisben
  • Focalización del gasto social
  • Mecanismo para selección de beneficiarios
  • Indebida actualización e inclusión de datos afecta derechos fundamentales
  • Nueva calificación de la situación socioeconómica
Control Constitucional De Decreto Legislativo De Estado De Emergencia Economica, Social Y Ecologica
  • Juicio de necesidad
  • Juicio de no contradicción específica
  • Juicio de no discriminación
  • Juicio de proporcionalidad
  • Juicio de conexidad material
  • Juicio de motivación suficiente
  • Juicio de incompatibilidad
  • Juicio de finalidad
  • Juicio de ausencia de arbitrariedad
  • Juicio de intangibilidad
Ayuda Humanitaria De Emergencia
  • Expresión del derecho fundamental al mínimo vital
Control De Constitucionalidad De Decreto Declaratorio De Estados De Excepcion
  • Carácter formal y material según línea jurisprudencial
Declaracion Estado De Emergencia
  • Margen de discrecionalidad para medidas
Declaracion Estados De Excepcion
  • Circunstancias extraordinarias
Decreto De Estados De Excepcion
  • Control automático de constitucionalidad
Derecho A La Ayuda Humanitaria
  • Deber del Estado de garantizar la entrega como expresión del derecho fundamental al mínimo vital
Derecho Al Minimo Vital
  • Carácter móvil y multidimensional
Estado Social De Derecho
  • Deberes del Estado para erradicar la pobreza y desigualdad
  • Encargado de velar por la garantía, permanencia, protección y restablecimiento de la dignidad humana y el derecho al mínimo vital
Presidente De La Republica
  • Facultad para decretar estados de excepción en circunstancias excepcionales y medidas que los desarrollen
Decretos Expedidos Durante Estados De Excepcion
  • Criterios y parámetros de control constitucional
Derecho A La Igualdad Y Principio De No Discriminacion
  • Prohíbe cualquier diferenciación por razones de sexo, raza, origen nacional o familiar, lengua, religión, opinión política o filosófica, entre otras
34 temas · 53 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Revisión automática del Decreto 518 de 2020, por el cual se crea el Programa Ingreso Solidario para atender las necesidades de los hogares en situación de pobreza y vulnerabilidad en todo el territorio nacional, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica.

La Corte consideró que el Programa Ingreso Solidario, dirigido a las personas y hogares en situación de pobreza y vulnerabilidad que no son beneficiarias de otros programas gubernamentales de entrega directa de recursos monetarios, se explica y se justifica desde la perspectiva constitucional.

Se declara la EXEQUIBILIDAD de la norma estudiada, salvo la expresión “La configuración de estos supuestos no conlleva responsabilidad para quienes participen en la implementación de este programa” contenida en el parágrafo 1 del artículo 1, cuya exequibilidad se condiciona al entendido de que la misma no constituye una cláusula de inmunidad o de irresponsabilidad para los servidores públicos, sino que alude a la necesidad de que la valoración del dolo o culpa grave, presupuesto de la eventual responsabilidad en los casos allí previstos, debe tener en cuenta las condiciones de apremio y urgencia en las que se enmarca la implementación del programa.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Decreto 518/20. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 1Decreto 518/20 «la expresión “La configuración de estos supuestos no conlleva responsabilidad para quienes participen en la implementación de este programa” contenida en el parágrafo 1 del artículo 1, cuya exequibilidad se condiciona al entendido de que la misma no constituye una cláusula de inmunidad o de irresponsabilidad para los servidores públicos, sino que alude a la necesidad de que la valoración del dolo o culpa grave, presupuesto de la eventual responsabilidad en los casos allí previstos, debe tener en cuenta las condiciones de apremio y urgencia en las que se enmarca la implementación del programa.»EXEQUIBLE· condicionado
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. en nombre del pueblo y por mandato de la Constitución
  2. RESUELVE
  3. DECLARAR LA EXEQUIBILIDAD del Decreto Legislativo 518 de 2020, "por el cual se crea el Programa Ingreso Solidario para atender las necesidades de los hogares en situación de pobreza y vulnerabilidad en todo el territorio nacional, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica", salvo la expresión "la configuración de estos supuestos no conlleva la responsabilidad para quienes participen en la implementación de este programa" contenida en el parágrafo 1 del artículo 1, cuya exequibilidad se condiciona al entendido de que la misma no constituya una cláusula de inmunidad o de irresponsabilidad para los servidores públicos, sino que alude a la necesidad de que la valoración del dolo o culpa grave, presupuesto de la eventual responsabilidad en los casos allí previstos, debe tener en cuenta las condiciones de apremio y urgencia en las que se enmarca la implementación del programa.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.