Micelio
Sentencia de Constitucionalidad6 de mayo de 2020Sala Plena

C-138 de 2020

Ponente Alejandro Linares Cantillo

Demandante Milton Jose Pereira Blanco Y Otro·Demandado Ley 1454 De 2011

Tema · dato duro
Planes De Ordenamiento Territorial. Facultades Del Departamento Para Establecer Directrices Y Orientaciones En Materia De Uso Y Ocupación Del Espacio Y Su Articulación Con Los Pot De Los Municipios.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Concejo Municipal
  • Reglamentación uso del suelo
Departamento
  • Coordinación y complementariedad de acción municipal
Departamentos
  • Creación
  • Desarrollo constitucional
  • Función de coordinación
Ordenamiento Territorial
  • Concepto
  • Contenido
  • Instrumento para el mantenimiento del orden público
  • Función
  • Instrumento para la planeación del desarrollo
Uso Del Suelo
  • Competencia para reglamentarlo
  • Competencias concurrentes
Demanda De Inconstitucionalidad
  • Cumple con los requisitos de aptitud sustantiva
Ley Organica De Ordenamiento Territorial
  • Competencias de la Nación, Departamentos y Municipios
Regulacion Uso Del Suelo
  • Competencia del Concejo Municipal de acuerdo con la ley
15 temas · 22 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 29 (parcial) de la Ley 1454 de 2011, por la cual se dictan normas orgánicas sobre ordenamiento territorial y se modifican otras disposiciones.

Los demandantes consideran que las disposiciones cuestionadas, al atribuir competencias a los departamentos para proferir directrices y orientaciones para el ordenamiento territorial y adoptar planes de ordenamiento para la totalidad o porciones específicas de su territorio, vulneran el numeral 7 del artículo 313 de la Constitución porque desconocen que la determinación de los usos del suelo es una función constitucionalmente atribuida a los concejos municipales y distritales y no a las entidades territoriales del orden departamental.

La Corte considera que la función de establecer directrices y orientaciones en materia de ordenamiento territorial, y la de formular planes departamentales de ordenamiento territorial (PDOT) conferidas por el legislador a los departamentos, no configuran violaciones a la autonomía municipal.

Con base en la anterior consideración, se declaró la EXEQUIBILIDAD de la norma acusada.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 1454/11. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 29Ley 1454/11EXEQUIBLE
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. LEVANTAR, respecto del presente asunto, la suspensión de términos ordenada por el Consejo Superior de la Judicatura mediante Acuerdo PCSJA20-11546 de fecha 25 de abril de 2020.
  2. Segundo. DECLARAR LA EXEQUIBILIDAD de los literales a) y e) del numeral 2, del artículo 29 de la Ley 1454 de 2011, "Por la cual se dictan normas orgánicas sobre ordenamiento territorial y se modifican otras disposiciones", por el cargo analizado.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.