Micelio
Sentencia de Constitucionalidad1 de marzo de 1999Sala Plena

C-122 de 1999

Ponente Fabio Morón Díaz

Tema · dato duro
Dec. 2330/98. Por El Cual Se Declara La Emergencia Economica Y Social. Exequible E Inexequible.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Sector Financiero De Caracter Privado
  • Inconstitucionalidad de la declaratoria de emergencia económica
Sector Financiero
  • Problemas no tienen carácter de sistémicos
Emergencia Economica Y Social
  • No cumple requisitos art. 215 de Constitución Política
  • Subsectores para los cuales es exequible
Institucion Financiera De Caracter Publico
  • Justificación de medidas de emergencia
Sector Financiero Solidario
  • Protección y fortalecimiento
9 temas · 10 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Decreto 2330/98. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Sobre toda la normaDecreto 2330/98INEXEQUIBLE
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. en nombre del Pueblo y por mandato de la Constitucion Nacional,
  2. RESUELVE:
  3. Declarar la EXEQUIBILIDAD del Decreto No. 2330 de 1998, pero solo en relacion y en funcion de las personas y sectores materialmente afectados por las circunstancias criticas a que este alude y que son exclusivamente los siguientes: los deudores individuales del sistema de financiacion de vivienda UPAC; el sector de las organizaciones solidarias que desarrollan actividades financieras y de ahorro y credito, se encuentren o no intervenidas o en liquidacion; y, las instituciones financieras de caracter publico. En consecuencia, el Decreto No. 2330 de 1998, es inexequible, en lo demas.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.