C-121 de 2004
Ponente Alfredo Beltrán Sierra
✓Demandante Arturo Daniel Lopez Coba Y Otro
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Modernización
- Renovación para racionalizar organización y funcionamiento o garantizar sostenibilidad financiera de la Nación
- Reserva de ley
- Entidades objeto del ejercicio sin que sea necesario indicación taxativa y detallada
- Imprecisión en materia de creación, escisión y fusión
- Señalamiento, modificación o determinación de objetivos y estructura orgánica que resulten de fusiones o escisiones o trasladen funciones de las suprimidas
- Expresiones que otorgan un margen de acción amplio no implican imprecisión
- Precisión en desarrollo de objetivos que cumplían las suprimidas, fusionadas, escindidas o transformadas
- Otorgamiento de las autorizadas por la ley
- Materias que no pueden ser objeto de habilitación
- No habilitación para reproducir contenido material declarado inexequible
- Alcance
- Delimitación clara y concreta
- Finalidad y criterios de sujeción del Ejecutivo cumplen criterio de precisión
- Objetivos de la reforma realizada por la Constitución
- Racionalización del funcionamiento no se estima libremente
- Figura de la escisión
- Reserva de ley funcional y orgánica que incide en desplazamiento de atribución al Presidente de la República
- Cumplimiento de objetivos de la función administrativa
- Elementos de la precisión
- Precisión
- Finalidad de eficacia y eficiencia de la función administrativa
- Distinción de contenidos específicos
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Ley 790 de 2002.
Art. 16 lits.
D) e) y f).
Renovacion de la administracion publica.
Escision de entidades u organismos administrativos del orden nacional creados o autorizados por la ley.
Objetivos y estructura organica de entidades resultantes de la fusiones o escisiones
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 790/02. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
- RESUELVE
- Declarar EXEQUIBLES los literales d), e) y f), del articulo 16 de la Ley 790 de 2002 "por la cual se expiden disposiciones para adelantar el programa de renovacion de la administracion publica y se otorgan unas facultades extraordinarias al Presidente de la Republica", por los cargos analizados en esta providencia.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.