C-1145 de 2000
Ponente Eduardo Cifuentes Muñoz
✓Demandante Jose Argemiro Acevedo Vega.
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Medida de carácter judicial y administrativo
- Naturaleza
- Comandantes de naves y aeronaves
- Procedencia
- Alcance
- Suspensión de porte en tiempos de normalidad
- Suspensión de porte por autoridades
- Control por el Estado
- Restricciones
- Facultad discrecional para suspender permisos
- Permiso confiere derecho precario
- Suspensión de permisos
- Compra, posesión o porte no constituyen derecho fundamental
- Decisión sobre cargos no objeto de pronunciamiento
- Diferencias
- Suspensión
- Alcance
- No se confunde con lo arbitrario
- No desconocimiento por permisos especiales durante suspensión de porte de armas
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Decreto 2535/93. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. Estarse a lo resuelto en la sentencia C-296 de 1995 de la Corte Constitucional, mediante la cual se declaro la exequibilidad de los articulos 41, 83 y 88 del Decreto 2535 de 1993, pero solo respecto de los cargos formulados en la correspondiente demanda.
- Segundo. Declarar exequible las expresiones podran suspender de manera general la vigencia de los permisos, para tenencia o para porte de armas expedidos a personas naturales, personas juridicas o inmuebles rurales; y Cuando la suspension sea de caracter general los titulares no podran portar armas, asi como los paragrafos 1 y 2 del articulo 41 del Decreto 2535 de 1993
- Tercero. Declarar exequible las expresiones b) Los fiscales, los jueces de todo orden; y f) Los comandantes de naves y aeronaves, durante sus desplazamientos del articulo 83 del Decreto 2535 de 1993.
- Cuarto. Declarar exequible la expresion a) Los fiscales de todo orden y jueces penales cuando el arma, municion o explosivo, se hallen vinculados a un proceso del articulo 88 del Decreto 2535 de 1993.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.