Micelio
Sentencia de Constitucionalidad20 de noviembre de 2003Sala Plena

C-1093 de 2003

Ponente Alfredo Beltrán Sierra

Demandante Ricardo Perilla Uribe

Tema · dato duro
Ley 30 De 1992. Art. 27 Lit. B). Servicio Publico De Educacion Superior. Examenes De Estado. Pruebas Academicas De Carácter Oficial. Convalidacion. Verificacion De Conocimientos Y Destrezas. Expedicion Titulos A Egresados De Programas Academicos No Vigent
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Control De Constitucionalidad
  • Normas que generan conflictos respecto del verdadero sentido y alcance
  • Orientación jurisprudencial dominante o criterio judicial obligatorio
  • Determinación del verdadero alcance de la ley y validez
Corte Constitucional
  • Facultad para fijar la interpretación de una norma legal cuando de la misma se desprenda un problema constitucional
Derecho A La Educación
  • Servicio público
  • Concepto
  • Facultad de inspección y vigilancia corresponde al Presidente de la República
  • Regulación
  • Regulación normativa
Educacion Superior
  • Entrega de títulos una vez superados los exámenes, por encontrarse vigente el programa no contraría la Constitución
  • Información al ICFES sobre creación, estado y desarrollo de programas académicos
  • Instituciones de carácter privado deben ser personas jurídicas
  • Aprobación y registro de programas académicos permite al Estado ejercer inspección y vigilancia
  • Aprobación, vigencia, actualización y renovación de programas académicos
  • Deberes de los particulares que pretendan fundar instituciones
  • Finalidad de los exámenes de estado para programas cuya aprobación no se encuentra vigente
  • Imposibilidad de convalidar títulos de programas académicos sin aprobación y registro
  • Objeto del registro de programas académicos
  • Programas académicos no vigentes
  • Programas académicos sin aprobación y registro no existen legalmente y por tanto no tienen validez
  • Registro ante el ICFES de los programas académicos
Servicio Publico De Educacion
  • Ejercicio de la inspección y vigilancia en la educación superior
Congreso
  • Expedición de normas a las cuales debe sujetarse el Gobierno para inspección y vigilancia
Constitucion Politica
  • Garantía de vigencia efectiva
  • Sujeción de interpretación y aplicación de leyes por jueces y autoridades
Educacion
  • Facultad de fundar establecimientos educativos
10 temas · 28 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 30/92. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 27Ley 30/92EXEQUIBLE
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
  2. RESUELVE
  3. Declarar EXEQUIBLE el literal b) del articulo 27 de la Ley 30 de 1992, en el entendido que los examenes de Estado que autoriza esa disposicion, no se pueden realizar a estudiantes egresados de programas academicos no aprobados ni registrados por el Estado.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.