Micelio
Sentencia de Constitucionalidad11 de febrero de 2015Sala Plena

C-050 de 2015

Ponente Luis Ernesto Vargas Silva

Demandante Ana Maria Moncada Zapata Y Otra·Demandado Ley 1508 De 2012, Articulo 8, Paragrafo

Tema · dato duro
Fallo Inhibitorio Por Ineptitud Sustantiva De La Demanda Contra Norma Que Regula La Participación En La Conformación De Asociaciones Público Privadas De Entidades De Naturaleza Pública O Mixta.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

3 temas · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Demanda de inconstitucionalidad contra el parágrafo del artículo 8 de la Ley 1508 de 2012, por la cual se establece el régimen jurídico de las Asociaciones Público Privadas, se dictan normas orgánicas de presupuesto y se dictan otras disposiciones.

Para el actor, la norma acusada, al establecer una exclusión del ámbito de aplicación de esta ley, en lo relativo a la participación de las sociedades de economía mixta y de las demás empresas allí referidas vulnera los principios de igualdad, libre competencia económica, régimen de los servicios públicos y la cláusula del Estado Social de Derecho,.

La Sala encontró que los cargos formulados en este caso no cumplían los requisitos que la jurisprudencia ha establecido como necesarios para que pueda dictarse un fallo de mérito, entre ellos, la certeza y la suficiencia de las acusaciones planteadas.

Para la Corte, el asunto es una controversia interpretativa en relación con los alcances de la norma, lo que excede el propósito de la acción pública de inconstitucionalidad.

La Sala se declara INHIBIDA para emitir pronunciamiento de fondo, por ineptitud sustantiva de la demanda.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 1508/12. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 8Ley 1508/12 «Inhibida para decidir respecto de la demanda presentada contra el parágrafo del artículo 8º de la Ley 1508 de 2012, por configurarse ineptitud sustantiva de la demanda»INHIBITORIO
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. en nombre del pueblo y por mandato de la Constitución,
  2. RESUELVE
  3. DECLARARSE INHIBIDA para decidir respecto de la demanda presentada contra el parágrafo del artículo 8º de la Ley 1508 de 2012, por configurarse ineptitud sustantiva de la demanda.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.