C-523 de 2019
Ponente Diana Constanza Fajardo Rivera
✓Demandante Yucera Yohana Ditta Peinado·Demandado Ley 1826 De 2017
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Etapas de admisión y rechazo se encuentran claramente definidas
- Requisitos mínimos
- Improcedencia de un fallo de fondo
- Presunción de constitucionalidad
- Ineptitud de la demanda
- No estructuración de un verdadero cargo de inconstitucionalidad
- Razones claras, ciertas, específicas, pertinentes y suficientes
- Incumplimiento de requisitos de claridad, certeza, especificidad, pertinencia y suficiencia en los cargos
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 27 de la Ley 1826 de 2017, por medio de la cual se establece un procedimiento penal especial abreviado y se regula la figura del acusador privado.
La actora considera que la disposición cuestionada vulnera los artículos 116, 228, 250, 251 y 252 de la Constitución Política, e indirectamente el artículo 12 de la Ley 270 de 1996, Estatutaria de la Administración de Justicia.
Luego de verificar que los cargos formulados carecen de claridad, certeza, especificidad, pertinencia y suficiencia, la Corte se declara INHIBIDA para emitir pronunciamiento de fondo, por la ineptitud sustantiva de la demanda
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 270/96. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- PRIMERO. LEVANTAR la suspension de terminos decretada dentro del presente proceso mediante el Auto 305 del 25 de junio de 2017.
- SEGUNDO. INHIBIRSE de emitir un pronunciamiento de fondo sobre la constitucionalidad del articulo 27 de la Ley 1826 de 2017, por ineptitud sustantiva de la demanda.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.