C-849 de 2012
Ponente Luis Ernesto Vargas Silva
✓Demandante Mario German Iguaran Aldana·Demandado Decreto Ley 019 De 2012, Articulo 205
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Inhibición por ineptitud sustantiva de la demanda
- Razones claras, ciertas, específicas, pertinentes y suficientes
- Reducción de multas por infracciones de tránsito
- Requisitos
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Acción Pública de Inconstitucionalidad contra el artículo 205 del Decreto Ley 019 de 2012.
En este asunto la Corte Constitucional analiza si la norma demandada, en cuanto consagra la reducción de la multa por infracciones de tránsito, desborda las facultades extraordinarias conferidas al Presidente de la República por el parágrafo 1 del artículo 75 de la Ley 1474 de 2011 y viola el derecho a la igualdad consagrado en la Constitución Política.
La Corte evidenció la ausencia de certeza y pertinencia en los cargos de inconstitucionalidad formulados y en tal sentido decide declararse INHIBIDA para emitir pronunciamiento de fondo.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Decreto 19/12. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitución,
- RESUELVE
- DECLARARSE INHIBIDA para pronunciarse de fondo en relación con el artículo 205 del Decreto Ley 019 de 2012 por configurarse ineptitud sustantiva de la demanda.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.