Micelio
DecretoVigencia En Estudio

Decreto 2169 de 1970

Por el cual se modifica y adiciona el Decreto 1344 de 1970

23artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01

Historia de constitucionalidad

Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02

Artículos de la norma

Leer el articulado completo como un libro
1Del Decreto 1344 De 1970, Quedarán Así: Bus: Vehículo Automotor Destinado Al Transporte De Personas En Número Mayor De 302Del Decreto 1344 De 1970 Quedará Así: Son Autoridades De Tránsito: 1º El Ministro De Obras Públicas3Del Decreto 1344 De 1970, Quedará Así: Corresponde Al Consejo Superior De Tránsito Terrestre Absolver Las Consultas Que Le Someta El Gobierno, Presentar Las Iniciativas Que Juzgue Convenientes En La Materia, Cumplir Las Funciones Que Le Señalen La Ley Y Sus Reglamentos Y Las Consultivas Y De Inspección Que Le Fije El Gobierno4Del Decreto 1344 De 1970, Quedará Así: Las Escuelas De Enseñanza Automovilística Necesaria Para Su Funcionamiento, Licencia De La Autoridades De Tránsito, Para Lo Cual Deben Llenar Los Siguientes Requisitos: 1º Solicitar La Autorización De Funcionamiento, En Papel Sellado, Ante La Dependencia De Las Autoridades De Tránsito, Con Competencia En El Lugar Donde Aspiran A Funcionar5Del Decreto 1344 De 1970 Quedará Así: La Persona Que Sin Estar Adscrita A Una Escuela De Enseñanza Automoviliaria Como Profesor Regular, Desee Enseñar A Un Alumno, Necesita Licencia De La Autoridad De Tránsito, Que Se Concederá Para Cada Caso, Con Vigencia No Mayor De Tres Meses, Previo El Lleno De Los Siguientes Requisitos: 1º Solicitud En Papel Sellado, Con Indicación Del Nombre Del Alumno6Del Decreto 1344 De 1970 Quedará Así: Para Expedir Licencia De Conducción Se Seguirá El Siguiente Trámite: 1º Recibida La Documentación Se Practicarán Los Exámenes Pertinentes7Del Decreto 1344 De 1970, Quedara Así: Las Autoridades Centrales De Tránsito Llevarán El Registro De Todas Las Licencias De Conducción Que Se Expidan, Con Estas Anotaciones: 1º Número Y Clase De La Licencia8Del Decreto 1344 De 1970 Quedará Así: La Licencia De Conducción Tiene Vigencia De Dos Años, Puede Ser Revalidada O Refrendada Indefinidamente, Y Caducará Si No Fuere Revalidada Antes De Su Expiración9Del Decreto 1344 De 1970, Quedará Así: Dentro De Los Perímetros Urbanos Se Usará La Luz Media O Baja10Quedará Así: Los Vehículos Con Los Que Se Enseñe A Conducir, En Todos Los Casos Contemplados Por Este Código, Llevarán, Tanto En La Parte Anterior Como En La Posterior, La Palabra Enseñanza, En Letras En Dimensiones Mínimas De Ocho Centímetros De Alto Por Cuatro Centímetros De Ancho11Del Decreto 1344 De 1970, Quedará Así: Los Taxis Deberán Llevar El Nombre O Razón Social De La Empresa, Escrito En Las Puertas Laterales Delanteras Y Sobre La Tapa Del Baúl12Del Decreto 1344 De 1970, Quedará Así: Las Placas Nacionales Se Clasifican Así: 1° De Servicio Oficial, Para Vehículos De Propiedad Del Estado Y Demás Entidades De Derecho Público13Del Decreto 1344 Quedará Así: Presentada La Solicitud De Licencia De Tránsito, La Autoridad De Tránsito Competente Ordenará La Revisión Del Vehículo Por Técnicos Designados Por Ella, Para Establecer Que Sus Condiciones Mecánicas Y De Higiene Cumplen Con Los Requisitos Que Establece Este Código Y Las Demás Normas Que Lo Complementan14Del Decreto 1344 De 1970, Quedará Así: Los Vehículos Automotores, Que Presten El Servicio Público De Transporte, Requieren, Además De La Licencia De Tránsito, Una Tarjeta De Operación, Expedida De Acuerdo Con Las Normas De Transporte Terrestre15Artículo 1516Artículo 1617Del Decreto 1344 De 1970, Quedará Así: 218Decreto 1344 De 197019Del Decreto 1344 De 1970, Quedará Así: Las Multas Serán Pagadas A Favor Del Tesoro Que Señalen Las Ordenanzas O Los Acuerdos Del Departamento, Intendencia, Comisaría Y Municipio Donde Se Cometió La Infracción20Artículo 2021Artículo 2122Artículo 2223Artículo 23
03

Firmas