Artículo décimo. El artículo 76 quedará así: Los vehículos con los que se enseñe a conducir, en todos los casos contemplados por este Código, llevarán, tanto en la parte anterior como en la posterior, la palabra ENSEÑANZA, en letras en dimensiones mínimas de ocho centímetros de alto por cuatro centímetros de ancho.
Decreto 2169 de 1970 →Vigente
Artículo 10
Quedará Así: Los Vehículos Con Los Que Se Enseñe A Conducir, En Todos Los Casos Contemplados Por Este Código, Llevarán, Tanto En La Parte Anterior Como En La Posterior, La Palabra Enseñanza, En Letras En Dimensiones Mínimas De Ocho Centímetros De Alto Por Cuatro Centímetros De Ancho
Decreto 2169 de 1970 · Por el cual se modifica y adiciona el Decreto 1344 de 1970
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.