Artículo vigésimoprimero. Los derechos fiscales que se causen por la expedición de la licencia de tránsito, serán determinados y destinados por las ordenanzas y los acuerdos de los Departamentos, Intendencias, Comisarías y Municipios donde se presente a la solicitud de licencia. Los derechos fiscales actualmente establecidos continuarán rigiendo hasta tanto no se tomen medidas diferentes.
Decreto 2169 de 1970 →Vigente
Artículo 21
Decreto 2169 de 1970 · Por el cual se modifica y adiciona el Decreto 1344 de 1970
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.