DecretoVigente
Decreto 200 de 1984
Por el cual se determina los procedimientos, requisitos y criterios generales para la celebración de asambleas de delegados en las entidades cooperativas.
21artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Artículo 12Artículo 23Artículo 34Artículo 45Artículo 56Artículo 67Artículo 78Artículo 89Artículo 910Artículo 1011Artículo 1112Artículo 1210Expida El Departamento Administrativo Nacional De Cooperativas, O Cumplido El Término Fijado En El Artículo Anterior, Según El Caso, La Entidad Cooperativa Que Decidió La Sustitución, Deberá Convocar A Elección De Delegados Señalando Las Fechas Y El Sistema De Elección A Que Se Refieren Los Artículos 4º Y 5º Del Presente Decreto, Respectivamente14Artículo 1415Artículo 1516Artículo 1617Artículo 1718Artículo 1841De La Ley 24 De 1981, En Concordancia Con El Decreto 01 De 198420Artículo 2021Artículo 21