Micelio

Artículo 4

Decreto 200 de 1984 · Por el cual se determina los procedimientos, requisitos y criterios generales para la celebración de asambleas de delegados en las entidades cooperativas.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo cuarto. Del período electoral . El período en que se debe llevar a cabo el proceso electoral será señalado en el mismo acto que decide o ratifique la sustitución, estableciendo claramente las fechas correspondientes a la iniciación y cierre de las elecciones y a la iniciación y cierre de los escrutinios, período que no podrá ser superior a 10 días hábiles.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 200 de 1984