DecretoVigente
Decreto 520 de 1878
Que reglamenta la adjudicación de tierras baldías cedidas para fomento de nuevas poblaciones
15artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Artículo 12Artículo 23De La Referida Lei 14 De 18704De La Citada Lei, Se Estenderán En Dicho Rejistro Tambien ; De Suerte Que Tal Rejistro Será El Espediente Completo A La Vez De Las Dilijencias De Adjudicacion I De Todo El Negociado En Cada Localidad5De Este Decreto, Es Improrogable6De La Lei En Referencia7Artículo 78De La Lei En Referencia, Se Insertará Precisamente El Artículo 10 De La Misma Lei A Fin De Que, Como Títulos De Propiedad, Contenga Las Condiciones I Las Cargas Anexas A Tales Adjudicaciones9De La Lei En Referencia, Dentro De Dos Años Contados Desde La Fecha De La Adjudicacion, Vuelven Al Dominio Del Comun Como Propiedad Pública Del Respectivo Distrito O Aldea10Artículo 1011De La Lei En Referencia, Tienen Derecho A La Concesion Individual De Que Trata El Artículo 112De La Lei En Referencia13De La Lei En Referencia14Artículo 1415Artículo 15
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