T-972 de 2009
Ponente Mauricio González Cuervo
✓Demandante Ramon Serafin Lopez Florez·Demandado Banco Agrario De Colombia Y El Juzgado 1 Civil Del Circuito De Santa Marta
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Hecho superado por cuanto la entidad bancaria dio terminación el proceso ejecutivo
- Derecho a la protección de los bienes que han dejado abandonados por razones de la violencia
- Condición de especial vulnerabilidad exclusión y marginación
- Sujetos de especial protección constitucional
- Deber especial de solidaridad con desplazado que es deudor moroso
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Debido proceso, paz, trabajo, igualdad, salud, buena fe.
El actor comenta que adquirió una obligación económica con el banco accionado, la cual no ha podido cancelar debido a que fue desplazado, por lo tanto solicitó al banco en varias oportunidades la reliquidación de su deuda pero sus solicitudes no fueron atendidas y se le inició un proceso ejecutivo, solicita se maneje su deuda en las condiciones especiales que se requieren en vista de su situación particular.
La Sala se pronuncia sobre la protección especial a la población desplazada en materia financiera y la aplicación de los postulados de solidaridad y buena fe en la exigencia de créditos bancarios, dentro del trámite de la acción se constató que el comité de activos de créditos de alto riesgo del Banco Agrario, decidió aprobar la extinción de la obligación a cargo del actor por lo tanto ceso la amenaza de sus derechos fundamentales, se declara la existencia de hecho superado.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (12 puntos)
- PRIMERO. LEVANTAR la suspension de terminos decretada en el proceso de la referencia.
- SEGUNDO. REVOCAR el fallo proferido por la Sala de Casacion Civil de la Corte Suprema de Justicia del 1o de abril de 2008, y en su lugar, TUTELAR los derechos fundamentales a la igualdad, trabajo en conexidad con vida, peticion, debido proceso y los principios de solidaridad y buena fe del accionante.
- TERCERO. DECLARAR la existencia de un hecho superado.
- CUARTO. Por secretaria General librese la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
- MAURICIO GONZALEZ CUERVO
- Magistrado Ponente
- JORGE IGNACIO PRETELT CHALJUB
- Magistrado
- Ausente con permiso
- NILSON PINILLA PINILLA
- Magistrado
- MARTHA VICTORIA SACHICA MENDEZ
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.