Micelio
Sentencia de Tutela31 de octubre de 2002

T-946 de 2002

Ponente Clara Inés Vargas Hernández

Demandante Lurdes Sinisterra Quintana Vs. Coomeva

Tema · dato duro
Derecho A La Salud Y Seguridad Social. Solicitud Tratamiento De Fertilidad E Intervencion Quirurgica No Incluidos En El Pos. Otra Opcion Para La Conformacion Del Nucleo Familiar. Negada.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derecho A La Salud
  • Carácter prestacional
  • Exclusión de tratamiento de fertilidad por no estar en el POS
Contrato De Prestacion De Servicios De Salud
  • Exclusión de tratamiento de fertilidad
Plan Obligatorio De Salud
  • Exclusión de tratamiento de fertilidad
3 temas · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. REVOCAR la decision proferida en segunda instancia por el Juzgado
  2. Octavo. Civil del circuito de Cali en la tutela interpuesta por la senora LURDES SINISTERRA QUINTANA contra COOMEVA EPS Seccional Cali. En su lugar, se NIEGA la tutela solicitada.
  3. Segundo. ADVERTIR a la EPS Coomeva, que si ya la intervencion quirurgica solicitada por la accionante ha sido realizada en virtud del cumplimiento del fallo de segunda instancia, se estaria ante un hecho consumado, imposible de retrotraer y del cual no se esperan efectos practicos sobre la vida de la accionante, asi como tampoco que los gastos invertidos en la operacion se reviertan a ella, puesto que segun lo tiene establecido la jurisprudencia los cobros se hacen al Fondo de Solidaridad y Garantias del Sistema General de Seguridad Social en Salud.
  4. Tercero. LIBRAR la comunicacion de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.