Micelio
Sentencia de Tutela26 de noviembre de 2009

T-857 de 2009

Ponente Mauricio González Cuervo

Demandante Darlyn Parra Caicedo·Demandado Coomeva Eps

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Accion De Tutela Y Tratamiento De Infertilidad
  • Deber de los operadores judiciales de regular la utilización del servicio de salud con el fin de generar en los usuarios el uso adecuado del sistema de salud
  • Excepción al tratamiento de infertilidad
  • Improcedencia para extender cobertura del POS
Acción De Tutela
  • Hecho superado por cuanto el juez de tutela de única instancia ordenó el tratamiento de fertilidad
  • Improcedencia para reclamar tratamientos de fertilidad a menos que se haya iniciado por cumplimiento del fallo de primera instancia
2 temas · 5 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Derecho a la familia, la accionante manifiesta que, perdió las trompas de Falopio por lo cual no puede procrear, solicita se ordene a la EPS accionada cubrir todos los costos que representa la fecundación in Vitro.

La Sala realiza reiteración de jurisprudencia sobre la improcedencia de la acción de tutela para extender la cobertura del POS al tratamiento de infertilidad, se recuerda que para conformar un núcleo familiar se encuentra la opción de la adopción.

Niega.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. REVOCAR el fallo proferido por el Juzgado
  2. Septimo. Civil Municipal de Buenaventura en junio 17 de 2009 para, en su lugar, NEGAR el amparo solicitado por la senora Darlyn Parra Caicedo, sin perjuicio de lo senalado en el ultimo parrafo de la parte motiva de esta providencia.
  3. Segundo. Por Secretaria General, LIBRESE la comunicacion a que se refiere el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible2
AclaraciónHumberto Antonio Sierra PortoAclaraciónJorge Iván Palacio Palacio
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.