Micelio
Sentencia de Tutela21 de agosto de 2008

T-821 de 2008

Ponente Nilson Elías Pinilla Pinilla

Demandante Alfredo Coneo Gamarra·Demandado Departamento Administrativo De Seguridad, Das

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Acción De Tutela
  • Alcance del hecho superado
  • Hecho superado por cuanto el director del DAS motivó el acto administrativo de insubsistencia del nombramiento como detective
1 tema · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Derecho al debido proceso, defensa y acceso a la administración de justicia de ex trabajador de la entidad accionada quien fue declarado insubsistente sin que, a su juicio, se surtiera el respectivo procedimiento, pues el acto que ordenó su retiro fue carente de motivación. <br>reclama el reintegro al cargo que desempeñaba y el pago de las sumas dejadas de percibir hasta el momento de su reincorporación. <br>en el presente caso se configuró una carencia actual de objeto por hecho superado en la medida en que, exhortada por el juez de instancia, la entidad accionada motivó la declaración de insubsistencia del actor. <br>hecho superado

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. REVOCAR el fallo proferido el 28 de febrero de 2008 por la Seccion Primera del Consejo de Estado, que revoco el dictado el 7 de diciembre de 2007 por el Tribunal Administrativo de Quindio y denego la accion de tutela promovida a nombre de Alfredo Coneo Gamarra, contra el Departamento Administrativo de Seguridad, DAS.
  2. Segundo. DECLARAR la carencia actual de objeto, por la razon senalada en esta sentencia.
  3. Tercero. Por Secretaria General, librese la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.