Micelio
Sentencia de Tutela25 de septiembre de 2003

T-855 de 2003

Ponente Alfredo Beltrán Sierra

Demandante Farina Esther Marin De Beltran Y Otras Vs. Tribunal Superior De Santa Marta

Tema · dato duro
Derecho Al Debido Proceso. Via De Hecho. Solicitud Nulidad Sentencia En Proceso Ejecutivo. Autonomia De Obligaciones Contenidas En Titulo Valor Adquirida Por Avalista. Inexistencia De La Obligacion Del Avalado. Valoracion Probatoria. Competencia De Las Sa
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Via De Hecho En Materia De Interpretacion
  • Fundamento objetivo y razonable
Via De Hecho
  • Procedencia excepcional de tutela
  • No podía imponerse a avalistas cumplimiento de obligación que no nació a la vida jurídica
Letra De Cambio
  • Falta de requisito de aceptación por parte del girado
Nulidad Sentencia De La Corte Suprema
  • Improcedencia por estar determinada la competencia para fallar en segunda instancia en tutela
5 temas · 6 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. Revocar la sentencia proferida por la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia, de fecha catorce (14) de mayo de dos mil tres (2003). Confirmar en los mismos términos y con la misma orden, la sentencia proferida por la Sala de Casación Civil de la misma Corporación, de fecha nueve (9) de abril del mismo año, en la que amparó los derechos de las actoras Farina Esther Marín Beltrán y Jacqueline Farina Beltrán Marín contra la sentencia de la Sala Civil - Familia del Tribunal Superior de Santa Marta, de fecha 30 de octubre de 2002, y negar la acción de tutela en relación con Lizeth Beltrán Marín, por lo expresado en esta providencia.
  2. Líbrense por Secretaría, las comunicaciones de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
  3. Notifíquese,
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.