Sentencia de Tutela17 de marzo de 1999
T-173 de 1999
Ponente Martha Victoria Sáchica Méndez
✓Demandante Juan Guillermo Arevalo Quijano
✓
Tema · dato duro
Debido Proceso. Der. Al Trabajo. Via De Hecho. Tutela Contra Providencias Judiciales. Dimar. Actividades Maritimas. Negada.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Acción De Tutela
- Improcedencia para controvertir sentencia proferida en acción de cumplimiento
Via De Hecho
- Requisitos
Acción De Tutela Contra Providencias Judiciales
- Procedencia excepcional
4 temas · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (2 puntos)
- Primero. CONFIRMAR el fallo proferido por la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia el diez (10) de noviembre de mil novecientos noventa y ocho (1998), el cual a su vez confirmó la decisión de la Sala Penal del Tribunal Superior de Santafé de Bogotá Administrativo de Cundinamarca mediante la cual se declaró improcedente la acción de tutela promovida por el ciudadano contra la Sección Cuarta del Tribunal Administrativo de Cundinamarca y la Sección Segunda, Subsección A de la sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado.
- Segundo. Líbrense por Secretaría General las comunicaciones a que se refiere el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos allí previstos.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a4
C-157/98Acciones De Cumplimiento.T-094/97Tutela Contra Providencias Judiciales. Inexistencia De Via De Hecho. Medio De Defensa Judicial. Situacion De Conyuge Superstite Con Matrimonio En Panama. Negada.T-327/94Debido Proceso. Inembargabilidad De Recursos Municipales Por Participacion En El Iva. Concedida.C-543/92Dec. 2591/91. Art 11 12 25 Y 40. Tutela Contra Sentencias. Cosa Juzgada. Caducidad. Unidad Normativa. Inexequibles Salvo Art 25.
Citada por6
T-093/16Dictamenes De Perdida De Capacidad Laboral Vulneran Derechos Fundamentales Si Se Expiden Sin Tener En Cuenta Normatividad Vigente Y Parametros Fijados Por Jurisprudencia Constitucional.SU.950/14Unificación de 2014T-950A/09Tutela de 2009T-855/03Derecho Al Debido Proceso. Via De Hecho. Solicitud Nulidad Sentencia En Proceso Ejecutivo. Autonomia De Obligaciones Contenidas En Titulo Valor Adquirida Por Avalista. Inexistencia De La Obligacion Del Avalado. Valoracion Probatoria. Competencia De Las SaT-079/01Derecho De Peticion. Nucleo Esencial. Solicitud Ampliacion Del Resguardo Indigena De Quizgo. Concedida.T-571/99Der. A La Educacion De Los Niños. No Designacion De Docente Para Escuela Del Municipio De Arauca. Concedida.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.