Micelio
Sentencia de Tutela11 de noviembre de 2014

T-840 de 2014

Ponente María Victoria Calle Correa

Demandante Indumil·Demandado Municipio De Barrancas

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Accion De Tutela Contra Acto Administrativo
  • Mecanismo excepcional y subsidiario
  • Procedencia excepcional cuando amenaza derechos fundamentales
  • Improcedencia por existir otro medio de defensa judicial y no acreditar perjuicio irremediable
  • Mecanismo transitorio para evitar perjuicio irremediable
Inminencia Del Perjuicio Irremediable
  • Urgencia e impostergabilidad de medidas de protección
Accion De Nulidad Y Restablecimiento Del Derecho
  • Suspensión provisional del acto administrativo como mecanismo judicial eficaz
3 temas · 6 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

INDUMIL considera que el municipio de Barrancas (La Guajira) vulneró su derecho fundamental al debido proceso, al vincularlo al proceso de cobro coactivo y embargarle sus cuentas bancarias, hasta por un monto superior a los 284.000 millones de pesos, en el marco de un proceso administrativo tributario iniciado por dicha entidad territorial en contra de la Sociedad Carbones del Cerrejón Limited.

La Sala analiza el tema de las condiciones de procedibilidad de la acción de tutela y concluye que en el caso concreto, no se está en presencia de un perjuicio irremediable.

Se confirma la decisión de instancia que negó por IMPRODECENTE el amparo solicitado.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. Primero. LEVANTAR la suspension de terminos del presente proceso de tutela, ordenada mediante auto de seis (6) de octubre de dos mil catorce (2014).
  2. Segundo. CONFIRMAR la sentencia del veintiseis (26) de noviembre de dos mil trece (2013) proferida por el Juzgado Promiscuo del Circuito de San Juan del Cesar, que a su vez revoco el fallo del once (11) de octubre de dos mil trece (2013) dictado por el Juzgado Promiscuo Municipal de Barrancas; y en consecuencia NEGAR POR IMPROCEDENTE la accion de tutela interpuesta por la Industria Militar contra el Municipio de Barrancas.
  3. Tercero. Por la Secretaria General, LIBRESE la comunicacion a que alude el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.