Micelio
Sentencia de Tutela1 de septiembre de 2004

T-840 de 2004

Ponente Alvaro Tafur Galvis

Demandante Maria Josefa Carvajal Agudelo Vs. Sistema De Selección De Beneficiarios Sisben

Tema · dato duro
Derecho A La Salud En Conexidad Con La Vida De Beneficiaria Del Regimen Subsidiado Que Requiere Con Urgencia La Practica De Una Cirugia De Tumor Cerebral Ordenada Por Medico Tratante. Sisben Programa De Encuesta Operado Por Distritos Y Municipios Y Por En
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Accion De Tutela Contra El Sisben
  • Debe entenderse dirigida contra la administración municipal o distrital
Derecho A La Salud
  • Práctica de cirugía de carácter urgente por tumor cerebral de afiliada al Sisbén cuyo costo debe asumirlo Alcaldía
Juez De Tutela
  • Debe ser estricto, cuidadoso y comprometido en la protección de los derechos fundamentales
3 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. REVOCAR por las razones expuestas en este Fallo, la Sentencia proferida el veinte (20) de febrero de 2004 por el Juzgado
  2. Sexto. Civil Municipal de Ibague, y en su lugar, amparar los derechos a la salud en conexidad con la vida, de la senora Maria Josefa Carvajal Agudelo.
  3. En consecuencia, ORDENAR a la Alcaldia Municipal de Ibague, que a traves de las autoridades y entidades correspondientes, practique INMEDIATAMENTE la cirugia de tumor cerebral ordenada a la accionante, en los terminos expuestos en la parte motiva de esta providencia. Para el efecto debera asumir el 100% del costo de la intervencion.
  4. Segundo. Librese la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
SalvamentoEduardo Cifuentes Muñoz
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.