T-125 de 2005
Ponente Alvaro Tafur Galvis
✓Demandante Luis Olmes Gutierrez Rodríguez Vs. Secretaria De Salud Municipal De Cali
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Fundamental por conexidad con la vida
- Responsabilidad del Estado
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derecho a la vida de beneficiario del sisben que padece una enfermedad cardiaca isquemica a quien le fue ordenada una intervencion quirurgica denominada angiplastia + stent de la arteria descendente anterior y de la primera rama diagonal procedimiento considerado de alto costo que no e le ha sido realizado por no ser la accionada la entidad encargada de autorizar el procedimiento.
Solicita se ordene la autorización del procedimiento formulado.
Procedencia del amparo constitucional para el restablecimiento de los derechos fundamentales de la vida y la dignidad humana del actor.
La practica de la intervención quirúrgica ordenada resulta necesaria y urgente sin que le sea oponible condicion alguna para el efecto.
Concedida
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- Primero. REVOCAR por las razones expuestas en este Fallo, la Sentencia proferida el siete (7) de septiembre de 2004 por el Juzgado
- Quinto. Penal Municipal de Cali, y en su lugar amparar el derecho fundamental a la vida del senor Luis Olmes Gutierrez Rodriguez.
- En consecuencia, ORDENAR a la Secretaria de Salud del Departamento del Valle del Cauca que practique INMEDIATAMENTE la intervencion quirurgica denominada ANGIOPLASTIA+STENT DE LA ARTERIA DESCENDENTE ANTERIOR Y DE LA PRIMERA RAMA DIAGONAL ordenada al actor, ya sea a traves de la IPS Hospital del Universitario del Valle o de cualquier IPS con la que tenga contrato vigente y cuente los recursos tecnicos y humanos adecuados para prestarle el servicio al actor, sin que le sea oponible condicion alguna para el efecto.
- En igual sentido, ORDENAR a la Secretaria de Salud del departamento del Valle del Cauca que asigne al actor una ARS.
- Segundo. Librese la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.