Micelio
Sentencia de Tutela12 de noviembre de 2013

T-791A de 2013

Ponente Luis Guillermo Guerrero Pérez

Demandante Eladia Galvan Urquijo Y Otros·Demandado Fiscalia Primera Delegada Ante El Tribunal Superior De Bucaramanga

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Acción De Tutela Contra Providencias Judiciales
  • Improcedencia al no configurarse defecto fáctico en resolución de preclusión dictada por la Fiscalía en proceso penal en contra de Militar por masacre de Puerto Patiño
  • Improcedencia por existir recurso de revisión en preclusión de investigación penal por masacre de Puerto Patiño
  • Se debió declarar la procedencia por cuanto se configuró defecto fáctico, al restar valor probatorio a declaración de exparamilitar en investigación penal por masacre de Puerto Patiño
  • Requisitos generales y especiales de procedibilidad
Defecto Factico
  • Dimensión negativa y positiva
Delitos De Lesa Humanidad
  • Imprescriptibilidad de la acción penal
5 temas · 7 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

El Director y Representante Legal de la Comisión Colombiana de Juristas presentó acción de tutela en procura de salvaguardar los derechos fundamentales de las víctimas de una masacre acontecida el 15 de enero de 1995 en el corregimiento de Puerto Patiño, municipio de Aguachica, Cesar, presuntamente transgredidos por la Fiscalía Primera Delegada ante el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bucaramanga, al revocar la resolución de acusación proferida contra el Mayor (r) del Ejército Jorge Alberto Lázaro Vergel, presunto autor de los ilícitos de desaparición forzada, concierto para delinquir y secuestro, y en su lugar precluir la investigación hasta entonces surtida.

Se solicita que dicha actuación sea declarada nula y, consecuencialmente, que se remita el proceso nuevamente al reparto de Fiscales de Segunda Instancia a fin de que en un plazo perentorio se adopte la decisión que en derecho corresponda.

Se reitera jurisprudencia referente a la procedencia de la acción de tutela contra providencias judiciales y se verifica el cumplimiento de los requisitos generales y específicos de procedibilidad.

Al concluir que el fallo cuestionado no se enmarca en ninguno de los requisitos específicos de procedibilidad de la acción de tutela contra providencias judiciales, la Sala decide NEGAR el amparo solicitado.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. PRIMERO. CONFIRMAR, por las razones expuestas en esta providencia, la sentencia de la Corte Suprema de Justicia -Sala de Decision Penal de Tutelas-, del 25 de abril de 2013.
  2. SEGUNDO. Librese la comunicacion de que trata el articulo 36 del decreto 2591 de 1991, para los efectos alli contemplados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
SalvamentoJorge Iván Palacio Palacio
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.